No es obligatorio hacer una comunidad de bienes, de hecho la herencia yacente ya tiene una personalidad jurídica propia. Una herencia sin repartir es una fuente inagotable de problemas cuando los herederos se llevan mal. Puedes plantar en esa finca de la que eres heredero, igual que cualquier otro de los herederos, pero te dejarán hacerlo?
En una herencia que es imposible repartir, dado que en el testamento, la persona fallecida puso que la persona que lo presentará ante el Juzgado, quedaría con la legitima nada más, y entre los hermanos se llevan muy mal, dado que no se ponen de acuerdo y hay una cuenta en común y fincas, es obligatorio hacer una comunidad de bienes?, como puedo plantar en una finca de la que soy tambien heredero?.-Gracias.