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comunicacion vacaciones, plazos

10 Comentarios
 
07/10/2008 13:32
ya, por eso, si te liquidan, tienen que pagarte las vacaciones no disfrutadas, a no ser que, quince dias antes te digan que te las cojas claro. pense que el aviso por parte de la empresa no podia ser de un dia para otro
07/10/2008 13:26
dudasvarias, es que cobrar las vacaciones está prohibidísimoooooooo, la única excepción, es cuando se extingue la relación laboral y el trabajador no las ha disfrutado.

Ves caletilla, a pesar, de ironizar y de explicar, aún se tienen conceptos equivocados o erroneos.
07/10/2008 13:22
Caletilla, sí que había captado tu ironía, de ahí que haya formulado la pregunta retórica de:

Y ... ¿si el contrato es de 1 mes de duración?

La explicación estaba dirigida a dudasvarias
07/10/2008 13:21
ok, duda resuelta, si te imponen disfrutar de las vacaciones antes de finalizar el contrato, pese a que quieras cobrarlas, no tienes derecho.
07/10/2008 13:14
Y ... ¿si el contrato es de 1 mes de duración?

Como todas las normas hay que interprtarlas, ¿porque se establece el periodo mínimo de antelación de 2 meses?, porque es el plazo de que dispone el trabajador para interponer la demanda en reclamación del periodo de disfrute de las vacaciones, en los contratos temporales de corta duración, no tiene mucho sentido el plazo de dos meses, pues en la mayoría de ocasiones, las vacaciones se retribuyen en la liquidación, o te las hacen disfrutar antes del vencimiento del contrato de trabajo.
07/10/2008 12:57
yo tambien tengo "dudas varias" sobre el tema...

en un contrato de 2 meses ¿cuando te preavisarían tus 5 días de vacaciones? ¿antes de firmar el contrato?
07/10/2008 12:42
no se la antiguedad de las leyes, lo siento, pero se que en muchos casos, al finalizar un contrato, quince dias antes te dicen que disfrutes de tus vacaciones, de un dia para otro, y quiero saber si eso es legal. aunque te lo den por escrito, pero no te dan un aviso de 2 meses
07/10/2008 09:16
Hombe caletilla, pues sí, más nueva que el Código Civil lo es, pero ... llamar nueva a una Ley del siglo pasado....
07/10/2008 09:10
Hombre Xabier...mas nueva que el Código Civil ya es.
07/10/2008 09:08
Hola dudasvarias,

No es cierto que esa ley sea nueva, el artículo 38.3 del ET, ya establece que el empresario debe fijar el calendario de las vacaciones con una antelación, como mínimo, de 2 meses.
Comunicacion vacaciones, plazos
06/10/2008 23:14
es cierto que hay una ley nueva donde tanto el empleado como el empresario deben comunicar con un periodo de 2 meses las vacaciones? si es asi, en el ejemplo de que a alguien le cumple el contrato un 3O septiembre, podrían decirle el 15 que no le renuevan y que a partir de ese dia empiezan sus vacaciones que le corresponden por 6 meses de trabajo?