Hola a todos, agradecería que alguien me informase sobre si es obligatorio comunicar a la Oficina de empleo corresponidente el cambio de categoria de los trabajadores. Me encuentro con que trabajadores que cambiaron de categoría hace 2 años y no se ha comunicado al INEM, si se comunico el cambio de grupo de cotización a la Seguridad Social.
Espero respuestas, muchas gracias.
la ley solo establece que se comunique el contrato (copia y la básica) asi como sucesivas prórrogas.
También la finalización del mismo.
De hecho en la provincia en la que yo estoy vas a llevar alguna comunicación de ese tipo y ni te la recojen asi que no creo que tenga importancia si está firmado entre empresa y trabajador y has hecho correctamente el cambio en seguridad social.
Gracias por tu respuesta marilo, no tenemos firmado ningún documento entre empresa y trabajador, han sido cambios a una categoría superior evidentemente ¿puedo tener algún problema por ésto?
Y por otro lado siempre he pensado que la comunicación de finalización era obligatorio para los contratos en prácticas ¿no es así?
Gracias y un slaudo
De toda la vida de Dios se ha redactado un documento de cambio de categoría que el inem sellaba por triplicado, pero de un tiempo a esta parte, los sellos del inem han alcanzado un valor incalculable y solo sellan una copia, incluso de los contratos que por cualquier motivo o error informático te veas obligado a llevar fisicamente.
En eso estoy de acuerdo afimco, antes te sellaban estos escritos y por supuesto si tienes que llevar alguna corrección de un contrato comunicado también te lo sellan, pero - por lo menos aqui - no te cogen escritos con cambios de categoría por ascensos etc.
Muy bueno lo del valor incalculable de los sellos del inem, ejeje
En mi provincia el inem no recoge ninguna modificacion de contrato (horas, categoria, sinalizacion...) pero te recomienda de cara a una posible inspeccion de trabajo que las hagamos igual y se firmen por la empresa y el trabajador. ¿Como justificas las modificaciones ante la inspeccion si no hay constancia escrita y firmada?