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compulsa y cotejo

3 Comentarios
 
Compulsa y cotejo
16/06/2011 14:02
¿que diferencia hay entre los dos conceptos?
16/06/2011 14:27
Pues disculpa mi ignorancia, pero yo pensaba que era lo mismo...
16/06/2011 15:10
si, aparentemente si, pero entonces ¿porque en la normativa se utilizan los dos términos? Hace tiempo me comentaron que el alcance y valor jurídico de un cotejo y una compulsa eran distintos; una compulsa setaria mas cercana a una copia autenticada.
17/06/2011 12:47
Compulsar es cotejar. Tanto el concepto como el valor jurídico deberían ser el mismo en ambos casos porque el funcionario que registra y sella una copia después de cotejarla con el original está ejerciendo como fedatario público.

El término compulsa se ha usado tradicionalmente asociado al cobro de una tasa y realizado muchas veces en distinto lugar al registro, mientras que el cotejo suele ir inherente al registro, no cobrando nada por hacerlo.

Un saludo.