Yo no liaria tanto el tema.
Sacaría porcentajes sobre las cantidades que aporta cada uno. Y el día que se tuviera que vender o tal, cada uno ya sabe el procentaje de vivienda que le corresponde, si sube la vivienda... pues le corresponderá más, si baja, pues menos.
No puedes "blindar" la aportación que hace él, ni blindar tus pagos, a % creo que es lo mas correcto. Yo lo haría asi.
Es que a mi el reconocimiento de deuda conectado a la compra de una casa con hipoteca me da escalofrios. La deuda tiene vida propia ajena a los avatares de la casa y se pueden dar en el futuro muchas situaciones desagradables. Por ejemplo, el novio deja de pagar su 50% de hipoteca, y la chica se come la hipoteca, y encima le debe dinero al novio (y en documento publico, que es ejecutivo).
Muchas gracias jecc.
Lo de Hacienda, es de cara a intereses fiscales? qué ventajas fiscales exactamente tendría dicha declaración fiscal?
Lo del testamento también lo había sopesado, y me parece una buena opción.
Muchas gracias nuevamente.
Muchas gracias por tu rápida respuesta alcanta.
Ya habíamos barajado esa opción, que es totalmente válida y real a dia de hoy, pero no lo va a ser en un futuro. Por poner un ejemplo gráfico, imaginemos que la vivienda cuesta 200.000 € y el dinero que él pone son 20.000 €. Esto supone un 10% a dia de hoy. Pero el dia de mañana yo no se cuánto va a costar dicha vivienda. Igual 300.000 €, igual 100.000 €. Entonces, el 10% de dicha cantidad no será exacto a lo que él invirtió, puede ser mayor, o puede ser menor, lo cual no es justo para ninguna de las dos partes. Además de esto, la hipoteca la vamos a pagar a medias. Si yo hipoteco 100.000 €, al final del prestamo habre pagado 100.000 € mas X de intereses, y no es justo que yo reciba un 40% de esto, por ejemplo, que puede ser mucho menor a lo que he abonado. No se si me estoy explicando correctamente, e igual me estoy confundiendo, pero lo mas justo y que se asemeja a lo real me parece lo del reconocimiento de deuda.
está bien, pero yo lo haría de otro modo
1.- cubrir y entregar en hacienda la declaración oficial de préstamo por la mitad de esa cantidad que él pone a mayores
2.- hacer testamento (nunca se es demasiado joven para ello, desde la mayoría de edad), en el que se te asigna el importe de la deuda
Yo veo una formula mas facil: calcula que porcentaje del precio de la casa equivale a la cantidad que ponen sus padres. Digamos que es el 10%.
Pues adquiris la casa 40% tu, y 60% tu novio.
Cuando se venda la vivienda, tu novio recibira el 60% del precio, y tu el 40%.
La hipoteca va a ser solidaria de todas formas, asi que el banco puede ir contra tu novio o contra ti POR EL TOTAL de la deuda
En cualquier caso, si el fallece sin estar casados, heredaran su porcion los padres de el, con el 10% extra.
Si fallecieras tu, heredarian tu porcion tus padres, sin problemas de dedudas.
Creo que facilita mucho las cosas y ahorrais trabajo y dinero
Buenos días, y muchas gracias de antemano por vuestra atención.
Proximamente mi novio y yo vamos a adquirir una vivienda. Tanto la hipoteca como las escrituras de la misma va a ser al 50%. Sin embargo, a él sus padres le van a regalar un dinero X para dicha compra. Soy licenciada en Derecho (aunque no ejerzo) y he pensado redactar un documento de reconocimiento de deuda en el que se incluyan determinadas clausulas como que si la relación sentimental finalizase, tendría que abonarle dicho dinero mas el interes legal del dinero hasta ese momento (dicho dinero se obtendría de la venta de la vivienda que vamos a adquirir). Mi duda es si os parece correcta esta fórmula, y si la única diferencia entre elevar el mismo a público o no sería que si lo elevamos a escritura pública, en caso de incumplimiento, se solicitaría la ejecución del mismo, y en caso contrario tendría que ir a un proceso declarativo, mas costoso y largo, o si hay alguna diferencia mas. Y si conocéis el coste aproximado de elevar el mismo a público. También he pensado en incluir una claúsula en donde figure que si uno de los dos fallece, dicho reconocimiento de deuda se anularía, ya que si él fallece, no queremos que tenga que abonarle dicho dinero a sus padres. ¿Es válida también esta claúsula?
Por último, si finalmente, después de todo esto, contraemos matrimonio, ¿afectaría el matrimonio a dicho reconocimiento de deuda?
Muchas gracias por todo y un cordial saludo.