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Compra de vivienda pendiente de adjudicación de herencia

1 Comentarios
 
25/05/2021 19:35
La cuota legítima de los hijos es de 2/3, y la herencia de la señora es el tercio restante. En el caso de que la señora no quiera o no pueda heredar, serán los descendientes de ella, de la señora, los que hereden esa porción. Se le sugiere que esperen a que los vendedores, sean quienes sean, estén sentados a la mesa del notario junto con ustedes, y con la propiedad registrada.
Compra de vivienda pendiente de adjudicación de herencia
25/05/2021 18:47
Buenas tardes,

Os exponemos nuestro caso. Nos disponemos a comprar una vivienda a nombre de dos propietarios sin parentesco de los cuales uno ha fallecido. El otro la vende y espera la adjudicación del testamento. La peculiaridad del caso reside en que en el testamento aparecen dos cláusulas y cito textualmente:

1º Lego a sus dos citados hijos … la legítima estricta que en derecho les corresponda según el código civil, facultando a la heredera instituida para pagar en metalico la cuota legitimaría correspondiente al legatario.
2º Instituye heredera universal a … con quien convive desde hace mas de 20 años, sustituida vulgarmente, en los casos de renuncia, premoriencia, commoriencia o incapacidad, por sus respectivos descendientes por estirpes.

Nuestras preguntas son:

1- ¿Se entiende la primera cláusula como que los hijos solo reciben la legitima estricta 1/3? Si es asi ¿a quien le corresponden los 2/3 restantes?
2- ¿la heredera universal es una heredera universal como tal ? ¿ o es sustituta vulgar respecto de los hijos del fallecido y solo hereda si renuncian los hijos ? ¿o son los descendientes de esta heredera los sustitutos si ella renuncia ?
3- Los hijos no se ponen de acuerdo en firmar el contrato de arras. ¿Que se puede hacer? Hay un albacea nombrado en el testamento encargado del caso y abogado del copropietario.

Esperamos vuestra ayuda. Un saludo