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Competencias juez instrucción

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Competencias juez instrucción
30/08/2008 20:15
Entiendo que debe desprenderse de la lectura de la LECRim que un detenido en un concreto partido judicial está a disposición del titular del juzgado competente, de tal manera que si por circunstancias hubiera de trasladarlo a otro partido judicial se le debería comunicar al Juez del primer territorio. ¿Dónde puedo concretar esto, es decir en que artículo o norma? ¿Es así?