se trata de una proteccion especial, mediante normas subsidiarias del ayntamiento. proteccion del medio ambiente,arqueologica y agricola. aun que por parte de la conselleria de la generalitat no se encuantra afectada por ninguna de sus zonas de proteccion ni parques naturales.
Con los datos que nos das no podemos darte una contestación determinante.
Los temas urbanísticos suelen ser complejos y abarcar varias facetas: urbanísticas, económicas, civiles, etc.
En principio el ius variandi del PGOU no debe indemnizarte por la calificación y clasificación que haga de sus propiedades.
Tampoco es necesaria expropiación para que se haga dicha clasificación y/o recalificación.
Eso no quiere decir que no pueda defender sus derechos. Necesitamos que nos contacte para aclarar y ampliar datos, pero creemos que podemos ofrecer alguna solución interesante que le permita proteger sus derechos de la manera más rentable e inteligente.
Le aconsejo nos contacte:
por teléfono: 686 45 44 43 ( de 10 a 20 laborables, sábados 11 a 14)
Hola buenos dias.
Mi consulta es referente a si tengo derecho a recibir una compensacion por parte de las administraciones publicas. Y que el ayuntamiento a decidido mediante normas subsidiarias proteger una finca de 158.000m2 de mi propiedad, e incluirla en una zona de especial proteccion.
Como aun se encuantra en tramite el plan general, puedo recurrir dicha proteccion?
En caso de que finalmente quede protegida tengo derecho a indemnizacion alguna?
Deben expropiarme la finca para poder protegerla? y si no me la expropian pero pierdo practicamente todos los drechos sobre ella tambien deben indemnizarme?
ALGUIEN PUEDE ACLARAR MIS DUDAS?