Hola. Actualmente el tema planteado es muy complicado.
Si a un trabajador se le reconoce una IP total, puede pedir la reincorporación a la empresa en un puesto de trabajo adecuado a su situación.
La empresa tiene 30 días para responder a dicha solicitud.
Si le reincorpora con la misma categoría profesional ,, el INSS dejará en suspenso el pago de la pensión pues está realizando su profesión aunque en otro puesto de trabajo adaptado.
Si la empresa le reincorpora en otra profesión ( por ejemplo , vigilante) es conveniente hacer un documento o contrato y comunicarlo al INSS. Es un poco arriesgado pues lo ideal es que le contratasen como discapacitado para lo que necesita el título de discapacitado ( 33 % de discapacidad). En esos caso no hay problema con el INSS.
Por último, es posible que la empresa le comunique que no dispone de otro puesto que pueda ejercer. En este caso , el trabajador puede presentar una demanda por despido cuyo resultado dependerá de la prueba de la existencia de ese nuevo puesto de trabajo.
Repito, actualmente, es un tema muy complicado legalmente.
Saludos
Un trabajador que, tras haberle sido reconocida una Incapacidad Permanente Total (IPT), decide que la empresa valore la posibilidad de adaptar su puesto de trabajo para poder reincorporarse. Una vez realizado el reconocimiento médico por parte del servicio de prevención de la empresa y ejecutadas las correspondientes adaptaciones del puesto, ¿es necesario que la empresa realice alguna gestión o comunicación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)?
Tengo entendido que el trabajador es quien debe comunicar su reincorporación laboral al INSS, con el fin de que este organismo determine si la actividad laboral es compatible con la percepción de la pensión por incapacidad. Sin embargo, me gustaría confirmar si hay algún otro trámite adicional o específico que deba ser realizado, ya sea por parte del trabajador o de la empresa.