Muchas gracias por adelantado, comento mi caso, hace unos tres años compre una vivienda antigua en Lorca,totalmente reformada, eso al menos pense!. el caso es que con este año lluvioso empezo a dar muchos problemas el tejado que claro no estaba reformado. Dichos problemas en realidad no me afectan a mi si no a una vecina que está debajo mia por esa parte del tejado (casas antiguas que se construian asÃ) ya he echo bastantes arreglos para evitar molestias y ademas la vecina no para de llamarme(yo no vivo), no parece que termine de arreglarse ya llevo gastados unos 3.000€ en chapuzas y pense en pedir presupuesto a una empresa. Cuando vinieron a verlo me advirtieron que al compartir tejado, al menos por ese lado que la moja, con la vecina en realidad ambas tendriamos que acarrear con los gastos. Es cierto? a mi no me afecta pero estoy dispuesta al arreglo si es compartido. Perdón por extenderme. Gracias.
Muchas gracias por responder, me encuentro totalmente perdida. Hasta media mañana no puedo ver mis escrituras, pero no me suena de nada eso del 50% del coficiente del tejado y en el IBI tampoco.Si no aparece en ellas es que no es as� o puedo reclamar al ser por ley?.
Lo que me extraña es que me llama a diario(la vecina es pesadÃsima) para reclamar el arreglo incluso habla de denunciarme si no accediera. Gracias de nuevo.
Gracias otra vez, por fin tengo mis escrituras, en una hoja adjunta del catastro dice parcela con unico inmueble (pero la realidad es otra). La casa es de 1920 pone 61 m2 contruidos en 2 niveles y 100% coeficiente, hay una parte en la que mis habitaciones del nivel II está por encima de su casa y por lo tanto mi tejado, es decir, compartimos tejado por un lado de la casa(por el que le mojo),en las escrituras el notario hace advertencia que la referencia catastral no se corresponde totalmente con la identidad de la finca. Muchas gracias.
Me he metido en la Web, creo que la referencia si coincide lo que no coincide con la realidad son los datos, pone parcela con único inmueble y no es real,por lo tanto no se si realmente el coeficiente seria del 100%, de cualquier forma comparto lo del sentido común, y si ella se niega a repartir gastos por poner unico inmueble y coeficiente, yo me puedo negar diciendo que entonces ella no esta bajo mi tejado!, es un desatino. La vivienda está en Lorca y yo en Madrid se me complica lo de visitar hacienda hasta este verano.
Creo que me la voy a jugar y llamarla diciendo que me he informado y los arreglos son "a pachas", que te parece?.
Gracias por todo eres una gran ayuda.
Efectivamente, el propietario tiene que hacerse cargo en su parte proporcional de las reparaciones del tejado.
Es un elemento común, por lo tanto ambos propietarios contribuyen a las mejoras de la finca, al igual que la fachada.
Para ver su porcentaje de participación solo tiene que ir al registro de la propiedad y podir una nota simple del local.
Con la dirección exacta se la dan sin ningún problema.
Saludos
Gracias!me acabo de enterar que el propietario del local,no esta pagando el impuesto IBI por tanto en mi caso estamos pagando por la vivienda y por el local.
En este caso como lo podrÃa solucionar?
Aparte del registro de la propiedad,hay alguna otra forma de averiguar la participación para lo del tejado?
como escrituras y demas?
Saludos
Deben ir a Hacienda, a la oficina recaudadora, deben hacer la división de las dos fincas y que cado uno pague su IBI. En el ayuntamiento se puede informar, pero no lo dejen, suele tardar bastante este cambio en Hacienda. Lleven sus escrituras y los últimos recibos del IBI, aporten toda la documentación que puedan para que vean que son dos fincas independientes y que solo usted está pagando el IBI.
Lo de averiguar su participación en teoria serÃa el 50% ya que la superficie es la misma y solo hay dos fincas en el edificio.
Vaya al ayuntamiento y a Hacienda, deben hacer la división de las dos fincas lo antes posible, de lo contrario ustedes seguirán pagando el IBI del local.
Vaya jeta que gastan algunos.
saludos
1.- Mi respuesta anterior estaba dirigida a Melynoah, al igual que esta respuesta.
2.- Evidentemente, si el tejado es comunitario, en principio, existe obligación de repararlo y asumir el coste de la reparación atendiendo al coeficiente de propiedad que cada uno de ustedes ostente en el mismo.