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¿Cómo se puede pactar un despido?

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
¿cómo se puede pactar un despido?
11/02/2014 16:53
Entre mi empresa y yo hemos propuesto la posibilidad de pactar in despido....
Como hay que hacerlo???
En que consiste???
Tengo paro??? Imdendizacion???
11/02/2014 17:05
Pactar un despido para cobrar las prestaciones por desempleo es un fraude y desde aquí no colaboramos para que se haga ningún fraude.
12/02/2014 17:14
El hecho de afirmar categóricamente que pactar un despido es con el fin de hacer un fraude para conseguir una prestación por desempleo, me parece prejuzgar demasiado.

Siempre que la causa de la extinción del contrato laboral sea por despido, se tendrá acceso a prestación por desempleo (si se ha cotizado el nº de días pertinentes, claro está).

Tendrá usted que acordar la indemnización por despido, esto es, el número de días por año trabajado, teniendo como referente el ET.
12/02/2014 19:50
CarlosLG, el consultante esta preguntando sin haber hecho nada, es decir no están ya con un despido planteado por la empresa y llegado a la conciliación momento en el que se podría llegar a ese acuerdo, sino que por lo expuesto me parece el típico acuerdo en el que el trabajador quiere irse y la empresa le dice bueno yo te despido tu no cobras la indemnización y te arreglo los papeles para el desempleo, osea FRAUDE.
SMO.
12/02/2014 20:27
No quizas no me expresado lo suficiente
Mi empresa me ha dicho que me despide de boca pero esta en el momento que no sabe que tipo de despido me va hacer .... Yo me lo he tomado como si fuese otro empresario mas... si estan hartos de su empleado fuera y ya sta .....por eso digo de ue como se puede pactar un despido, ninguna de las dos partes queremos quedar mal y es la primera vez para todos y no sabemos que hay que hacer
En ningun momento quiero UN FRAUDE
gracias
12/02/2014 20:36
Es que un despido no se pacta. El empresario despide como crea o como quiera.
El trabajador acepta o demanda.
Si usted quiere seguir trabajando no pacte nada. Espere a ver cómo le despide y después estudielo. Si no hay causas objetivas o disciplinarias, pelee por la improcedencia.
Si no quiere seguir trabajando, presente la baja voluntaria.
Todo lo que se salga de esto huele a fraude.
12/02/2014 23:55
Un despido no se puede pactar, si se va usted debe solicitar su baja voluntaria del contrato.
Si lo que nos quiere explicar es que su empresa tiene problemas económicos y lo despide pero siempre de buena manera. Esta tendrá que hacer un despido por causas objetivas (económicas). Siempre que la empresa pueda justificar esas causas que alega, cobrara usted a 20 días por año trabajado de indemnización y podrá solicitar desempleo
13/02/2014 00:30
Como usted mismo dice " Yo me lo he tomado como si fuese otro empresario mas... si están hartos de su empleado fuera y ya esta ...", perfecto en España el despido es libre pero entonces para que su empresa haga lo que dice le despide realiza un despido en el acto de conciliación acepta un despido improcedente y según su cto la indemnización son 33 o 45 días año trabajado, paga la indemnización y listo, pero lo que usted no termina de decirnos es que han pactado un despido para que le arreglen los papeles del paro y usted renuncia a la indemnización insisto FRAUDE LO PONGA COMO LO PONGA.
SMO.
13/02/2014 01:23
Pero si desde que es un despido (q la empresa te eche) ya te arreglan los papeles..... Si nuestra pregunta es mas bien por el tema de la imdenizacion porque no queremos ni que sea mucho dinero ni que sea poco algo que pueda estar bien para las dos partes que yo creo que despues de 10 años.... Nos conocemos todos para hacer sarradas unos a los otros
Y repito
Losiento si lo ven como un comentario fraudulento pero yo lo unico que veo aki es a dos partes perdidas en un tema de despido y si hacer daño a una empresa ni a su trabajador de 10 años
Gracias
13/02/2014 02:31
Lo que usted nos quiera decir, veo por otra parte que busca un asesor para el tema porque según dice no sabe cual debería ser el despido. Bien el empresario quiere pagar lo menos posible y el trabajador lo máximo que la ley le autorice, pues bueno con esta premisa, (todo lo contrario sonaría raro), el empresario puede acogerse a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, esto suponen 20 días de salario por año trabajado (10 años 200 días de salario, así que regla de tres por un mes son tantos € por 200 ------"X", que sucede que entonces el trabajador que pierde el empleo debe perseguir lograr la mayor indemnización posible, esta sería reclamando la improcedencia del despido, ya que así el empresario debe demostrar que existen esas causas aportando documentación así como balances económicos que demuestren esa situación, normalmente no existen esas causa por mas que se empeñen en demostrarnos que estamos en crisis y que las empresas pierden dinero, por tanto despido improcedente que con 10 años seguramente sera un cto para el fomento del empleo y supondrá 33 días/año trabajado por tanto 330 días de salario, (entre medias en la conciliación se puede ajustar entre los 20 y los 33 un termino medio por ej 27 o 25 días eso ya como se acuerde entre las partes).
Así no habrá fraude.
SMO.
13/02/2014 08:36
Muchosimas gracias a eso me referia.... Si no queremos defraudar solo que no me explique lo suficiente
Nos buscaremos un asesor que aplique esto sobre la hoja de despido
Muchas gracias de nuevo y gracias por entender la situacion
13/02/2014 08:43
Ina duda que me ha surgido es ¿a mi no me correspondria los 45 dias por año en vez de 33 como me dices ?
Ese punto no me ha quedado claro a mi
Gracias
13/02/2014 12:29
Por causas objetivas el despido sería de 20 días por año, pero cual sería el mínimo de mensualidades y el máximo??.
Por qué me han comentado....que por causas objetivas siempre son 12 mensualidades, es decir el salario bruto de un año...es así???.
Gracias¡¡¡
13/02/2014 14:20
Farmacia3 lo de los 45 días por un máximo de 42 mensualidades, (a usted como máximo serían 10 años que es su antigüedad), todo depende del cto que tenga y como dice que son 10 años posiblemente su cto sea de los llamados para el fomento del empleo si esto es así serían 33 días/año con un máximo de 24 mensualidades.
Magli, son 20 días/año con un máximo de 12 mensualidades el mínimo son los años trabajados es decir su antigüedad es de 3 años serían 3 años * 20 días total 60 días y el tope es para trabajadores que a lo mejor llevan 15 años trabajados el límite serían esas 12 mensualidades, los otros años así como el recorte de días se lo debemos a Papa Estado que es muy generoso con los empresaurios y algo menos generoso con los trabajadores.
SMO.
13/02/2014 15:51
Como puedo saber si mi contrato es asi??? (Fomento del empleo)
Yo me habia imaginado que como fue el contrato de hace 10 años y hay eran 45 dias por año .... Imagine que eran 45
13/02/2014 16:03
Sí, hay que darle las gracias a Papá Estado, entonces yo, que llevo más de 30 años en la empresa, en mi próximo despido me darán una indem doce mensualidades....y tan frescos....dónde están esas condiciones que tenía cuando firme mi contrato....y lo que es lo mismo, con mi edad, dos años de paro, y con esa indemnización no podré llegar ni a los 61 años para jubilarme, y lo de encontrar trabajo después de los 50, sub-realista vamos.
Que alternativas tengo????
13/02/2014 16:52
Cuadro de contratos acogidos al programa de fomento del empleo
PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO (Bonificaciones empresariales a la contratación laboral)
Colectivos
Descripción
Cuantía anual (en euros)
Duración
BONIFICACIONES A LA CONTRATACION INDEFINIDA
Víctimas de violencia de género o doméstica.
1.500
4 años
Víctimas de terrorismo
1.500
4 años
Mayores de 45 años inscritos en la oficina de empleo contratados bajo la modalidad de apoyo a los emprendedores
Desempleados/as
1.300
3 años
Mujeres en ocupaciones con menos representación
1.500
Jóvenes de 16 a 30 años inscritos en la oficina de empleo contratados bajo la modalidad de apoyo a los emprendedores
Desempleados/as
1.000 el 1er año ; 1.100 el 2º año; 1.200 el 3er año
3 años
Mujeres en ocupaciones con menos representación
1.100 el 1er año; 1.200 el 2º año ; 1.300 el 3er año
Otros colectivos y situaciones especiales
Trabajadores en situación de exclusión social (salvo por empresas de inserción)
600
4 años
Personas con discapacidad
Mujeres con discapacidad
Personas mayores de 45 años con discapacidad
Toda la vigencia del contrato
En general
4.500
5.350
5.700
En caso de discapacidad severa
5.100
5.950
6.300
Transformaciones en indefinidos de contratos en prácticas, de relevo y sustitución por anticipación de la edad de jubilación.
Varones
500
3 años
Mujeres
700
BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACION TEMPORAL
Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo
Varones menores de 45 años
Varones mayores de 45 años
Mujeres menores de 45 años
Mujeres mayores de 45 años
Duración
- En general
3.500
4.100
4.100
4.700
Toda la vigencia del contrato
- En caso de discapacidad severa
4.100
4.700
4.700
5.300
Toda la vigencia del contrato
Víctimas de violencia de género o doméstica
y víctimas de terrorismo
600
Toda la vigencia del contrato
Personas en situación de exclusión social (salvo por empresas de inserción)
500
Toda la vigencia del contrato
BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO Y POR LA ONCE
Contratos indefinidos o temporales y transformaciones en indefinidos de contratos temporales
100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta
Toda la vigencia del contrato

Conste que en la pag. web del SEPE sale el cuadro pero al pasarlo aquí lo describe de esta forma.
13/02/2014 19:27
Buenas tardes, farmacia.
En caso de despido improcedente la indemnización que te correspondería sería:
-45 días por año desde la fecha de inicio del contrato hasta el 12 de febrero de 2012.
- 33 días por año desde el 13 de febrero de 2012 hasta la fecha del despido.
La suma de las 2 cantidades no debe superar el importe de 24 mensualidades brutas.
En el caso de que el resultado del cálculo de la indemnización desde el inicio del contrato hasta el 12 de febrero 2012 fuera superior a las 24 mensualidades, la empresa tendría que abonarte la cantidad correspondiente a la indemnización resultante del cálculo de los 45 días por año desde el inicio del contrato hasta el 12 de febrero 2012.
Un saludo.
15/02/2014 00:17
Pactar un despido es un fraude. En todo caso una vez que te hayan despedido y reclamado el mismo, en conciliación podríais llegar a un acuerdo de indemnización, y llegar a una avenencia.
15/02/2014 04:11
Y como llegamos a ese acuerdo??? De imnecizacion