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Cómo se lleva a la práctica el usufructo del 50% de los bienes de una herencia

1 Comentarios
 
Cómo se lleva a la práctica el usufructo del 50% de los bienes de una herencia
22/10/2018 18:21
Buenos días

Tengo la siguiente pregunta: Mi madre, cuyo marida ha fallecido, sin descendientes pero si con ascendientes. Regimen separacion de bienes. A mi madre le corresponde el 50% del usufructo. La masa hereditaria se compone de una vivienda que actualmente se alquila a 750€/mes (200.000€) un coche (20.000€) y dinero en cuenta bancaria (30.000€). 50 5 del valor de los bienes serian 125.000€.



Mi madre esta interesada en hacer uso del 50% del usufructo sobre la totalidad de los bienes, o imputar su derecho solamente sobre la vivienda (entonces 125.000/200.000 = 62,5% sobre la vivienda).



La otra parte ha manifestado su voluntad de capitalizar el valor del usufructo mediante la formula 89 63 (edad viuda) * 50% * 250.000 = 32.500€. Sin embargo mi madre no quiere esta solución y prefiere ejercer el derecho del usufructo, ya sea disfrutando del 50% de los vienes (obteniendo la mitad de las rentas de la vivienda, y llegando a un acuerdo sobre los otros bienes, o bien disfrutar del 62,5% de las rentas del piso, o bien disfrutar de toda la vivienda y dar una renta mensual a la otra parte



Mi duda es si mi madre esta obligada a aceptar la formula de la capitalización que ellos proponen, o bien tiene derecho a ejercitar su derecho a disfrutar del 50% del usufructo, y si en caso de no ponerse de acuerdo, y se va a la autoridad judicial, que suele resolver el juez en estos casos, puesto que si el juez suele dictaminar en caso de no acuerdo que se capitalice según la formula anteriormente dicha, entonces trataríamos de no llegar a los tribunales.



También me gustaría saber cuales son los plazos aproximados de resolución del juez, y si mi madre hasta dicha resolución puede seguir utilizando el coche y recibiendo las rentas de la vivienda.



Muchas gracias
22/10/2018 22:13
Lenoncito
No especifica usted si hay testamento o la sucesión es intestada, por lo que suponemos que es esta última, y que su madre tiene el 50% del usufructo al concurrir con ascendientes del causante. Si ese es el caso (que el usufructo no ha sido constituido en testamento), los herederos pueden capitalizar el usufructo quiera o no quiera la viuda. El parámetro de 89- la edad es una mera norma fiscal que no vincula a ningún juez, por lo que lo más probable es que el pleito que se atisba en lontananza sea resuelto con informes periciales. A no ser que se haga uso de medidas cautelares (lo cual es algo previsto por la ley) el usufructo ha de respetarse en tanto no haya una sentencia que diga lo contrario. En cuanto a la duración de un pleito, no se lo puede decir nadie, ni aproximadamente, ni basándose en medias, ni aunque sea el propio juez. Los procedimientos de herencia son particularmente plúmbeos y eternos. Su señora madre puede usar el coche y lo que considere mejor. Si alguien tiene algún reparo, que vaya al juez a decírselo por escrito.