Hola, tengo comprado un piso con mi pareja por mitades indivisas, con hipoteca concedida a los 2. Firmamos un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Ahora ha fallecido mi pareja y no sé si el seguro pagará la mitad de la hipoteca de mi pareja o la totalidad del mismo. En la cobertura de su seguro habla de la deuda del asegurado, y no me aclaran nada aún los del banco lo que van a cancelar, si la mitad de la hipoteca o toda. Estoy preocupado. ¿Que suele ocurrir en estos casos?
La entidad aseguradora hará todo lo posible para entender que la deuda que le compete satisfacer es la parte exclusiva de la persona con la que usted mantenía una relación de afectividad análoga a la conyugal.
Si bien, habría que atender a:
- las condiciones de contrato de seguro.
- era vuestra deuda solidaria o mancomunada.?
- erais ambos asegurados?
Hola. Y en el caso de que si hay uno solo de los padres y este rechaza la herencia ante notario. Termina ahí la herencia o se traspasa a otros hermanos del fallecido?
Depende de si hay testamento o no. Si lo hay, lo que ahí se diga, y si no serán llamados a heredar los siguientes en grado de parentesco, que serían los hermanos.
Entiendo por "pareja" que no estabais casados. Si lo estuvierais sí que heredarías tú, antes que los hermanos.