A ver si alguien puede echarme una mano. Pareja de hecho. Uno de ellos fallecido, sin testar y sólo tiene unos primos como posibles herederos ( no se el grado de parentesco), el supersite, cómo puede pedir, la mitad de un bien inmueble que pagaron entre ambos, en le registro propiedad figura a nombre de los dos y está practicamente pagado. Gracias.
Nuestro Código Civil, en su artículo 400 determina el derecho que tienen los copropietarios de un determinado bien de solicitar, en cualquier momento (es un derecho que no prescribe), la disolución del condominio, por tanto en este caso, está claro que, el condueño superviviente, puede solicitar la disolución de la comunidad cuando quiera, y caso de que el inmueble fuera indivisible, puede solicitar, a través del Juez, su venta en pública subasta, todo ello si no hay acuerdo entre las partes.
Muchas gracias, había previsto esto, pero la pregunta es si no hay herederos ¿con quien solicita la disolucion del condominio? ya que su pareja y propietario a la vez con ella (copropietario) del bien inmueble, ha fallecido sin testar. Un saludo.
A ver, di por sentado que los primos instarían la declaración de herederos. Si no lo hacen, lo mejor es no hacer nada. En caso de que un heredero aparezca se negociará o se dividirá el proindiviso (lo cual por cierto no es una buena idea en términos económicos) y sino se adquirirá por usucapión. Todo esto entendiendo que el supérstite tenga la posesión del inmueble.