HOLA, se dictó auto despachando ejecución (titulo ejecutivo= Sentencia Judicial). Me embargan el IVA y el IRPF que me salga a devolver y una propiedad.
El banco me va a conceder un préstamo con el que hacer frente a la deuda. Una vez tenga el dinero, ¿cómo debo actuar? ¿Consigno la cantidad en el Juzgado? ¿Debo presentar algún escrito judicial?
El anterior interviniente tiene toda la razón. Para intervenir en la ejecución necesita abogado más que sea del turno. Si ya tiene decidido que VA a pagar hable con el ejecutante, ud. No puede presentar escrito "judicial" alguno sin procurador abogado.
Tb podría consignar la pasta y presentar el resguardo en el juzgado por medio de acta de comparecencia y así se ahorraría hasta el papeleo del turno de oficio, pero evidentemente creo q lo mejor es acudir a algún profesional, como alguno de los q por aqui pululan.
Pues precisamente por eso conviene que hable con el banco, porque aunque haga una comparecencia y consigne la totalidad recogida en el auto despachando ejecución, el ejecutado no es parte hasta que no está personado y va a depender del ejecutante para que éste acepte la consignación y solicite el archivo con el consiguiente levantamiento del embargo. Como le corre prisa lo más práctico es hablar con el ejecutante.