Roen.
art.583 LEC.
Yo creo que no se paraliza, sino que surge un nuevo acontecimiento, el pago, que hace que el procedimiento continue pero habiendo pagado el deudor.
El deudor, entiendo, que ha de abonar las costas aunque se haya pagado antes del requerimiento o despacho de ejecución.
Una vez pagados intereses y costas, si se termina el proceso de ejecución.
Yo también inicié un Monitorio (creo que en los Juzgados debería darse más información) fallaron a mi favor, pedí la ejecución y ahora el Juzgado me dice que debo pedir algo... esa es toda la información que me dan. Supongo que debo pedir que me paguen el importe de la factura, los intereses y los gastos pero desconozco como debo pedirlo, alguien puede asesorarme, por favor.
Para proceder a efectuar una ejecución de embargo, si necesitas el modelo de documento a presenta n el juzgado, sólo tienes que entrar en el google y escribir "modelo de ejecución de embargo", y te saldrán varios modelos y puede elegir el que más te agrade.
Un saludo Arturo
Buenas!
He llegado a parar a este foro porque también tenia el mismo problema, ya he encontrado el modelo de documento gracias a Arturos, pero no me habéis dejado mas remedio que dar mi opinión sobre alguno usuarios que en su año 2007 han escrito en este post, Ozu, e-p@sante y en especial DickTurpin, me parece que no estáis en este foro para ayudar a la gente sino solo para buscar negocio... en un foro no puedes decir cosas como estas "Ozú tiene razón. Necesitas un Abogado porque TÚ NO SABES HACERLO." que poca vergüenza tenéis, decís a un usuario que no sabe rellenar un simple modelo y que se busque un abogado para eso, cuando desde el principio ha pedido bien clarito que lo único que necesita es el modelo.
Os deberían echar de este foro, gente como vosotros no hace nada por la comunidad.
Dicho esto me quedo mas a gusto y gente como Arturos hacen de estos foros una ayuda para los usuarios.
Gracias y un saludo