Sí debería usted informar, con un correo eléctrónico bastaría: si el administrador requiere algo más ya lo pedirá él.
La persona mayor que necesite ayuda para administrar su patrimonio puede otorgar un poder de representación mediante escritura otorgada ante notario a una persona de su confianza, preferiblemente un pariente cercano, como un hijo, por ejemplo.
Cómo informar al administrador sobre fallecimiento de un propietario
Hola. Tengo una duda acerca de si debo informar o no y en que forma al administrador de fincas, sobre el fallecimiento de uno de los dos propietarios de los inmuebles.
Las notificaciones siguen llegando a nombre del propietario fallecido, mientras que en estos momentos, y por ejecución hereditaria, todos los inmmuebles han cambiado de titular.
Al ser una persona mayor el propietario actual, requiere la ayuda y supervisión para entender los trámites que el administrador lleva a cabo. Con lo cual, me gustaría saber si esta persona tiene la capacidad de delegar sus funciones y autorizar como representante a otro individuo y en que manera debe realizarse. Soy de Cataluña.
Gracias.