Hola a todos...
Ayer mi pareja y yo tuvimos conocimiento de que su ex y madre del niño tiene previsto viajar al extranjero en navidad sin el permiso del padre. Su idea es irse en su parte de vacaciones y que no nos enteremos. Que podemos hacer para evitar que se vaya??? Si lo notificamos en el juzgado nos haran caso??? Hemos pensado mandarla un burofax para que sepa que conocemos sus intenciones, pero seguro que eso no la impide marcharse... Que opciones tenemos???
yo creo (que me corrijan si me equivoco) que no puede sacarla de españa sin una autorización paterna. Imagino que si avisáis de sus intenciones en el aeropuerto o frontera debería presentar ese documento y si no lo tiene dudo que le dejen pasar...
Si la sentencia exige el consentimiento del padre, debe ponerlo inmediatamente en conocimiento del juzgado y solicitar medidas cautelares como la entrega del pasaporte, por ejemplo. Consulte inmediatamente a su abogado.
Un saludo.
Gracias a todos. Ella sabe perfectamente que necesita la autorizacion paterna, pero piensa irse a escondidas... Tiene intencion de salir en un par de semanas... sera tiempo suficiente para que el juez haga algo??? Otro problema es que no tenemos pruebas de que lo vaya a hacer, solo el testimonio del niño que la ha visto sacar los billetes pero el tiene miedo de las represalias (y con razon) de su madre si se entera de que ha sido el quien nos lo ha dicho...
jaisa, ¿pedisteis al final medidas cautelares de protección?
Expuse tu caso en el foro de penal, y dijeron que se podían pedir. Te lo dejé escrito en tu post, pero estuviste un tiempo sin entrar, no sé si lo viste.
Jaisa, y ¿por qué teneis inconveniente que se lleve al niño de vacaciones al extranjero?. quizá más adelante os gustaria a vosotros hacer una escapada fuera de españa.
No me parece bien que ella no haya puesto en conocimiento del padre que se va fuera, pero no entiendo por qué quereis evitar que se lo lleve.
Hola Raksun.... si, lo vi... y muchas gracias por tu interes. Se lo comente al abogado y me dijo que para pedirlas tenia que ser cuando se propusiesen los testigos y que si ella seguia empeñada en que testificase el niño, seria cuando tenemos que presentar las medidas cautelares. Ahora estamos esperando que llegue ese momento a ver que ocurre... pero muchas gracias.....
En cuanto a lo que dices, Sol2, tenemos varios motivos para oponernos, el primero es que se trata de un pais con "problematico" y digamos que no va de vacaciones precisamente, sino a visitar a unos parientes... Ademas, ya lo hizo otra vez (sin permiso, aunque dentro de España pero a miles de km de donde vivimos) y se tiro un año fuera y ahora tenemos miedo de que haga lo mismo por que lleva tiempo diciendo que se quiere ir de aqui... Otro motivo, por ejemplo, es que al niño tampoco le hace ni pizca de gracia ir.... Vamos, que seguro que si lo pienso detenidamente te puedo decir mas cosas... pero esos son las razones principales, que creo, son de peso... Ademas, y esto ya es mas subjetivo, estamos hartos de que haga siempre lo que la da la gana con la excusa de que ella es la madre y que sabe perfectamente lo que tiene que hacer... por que esta no es la primera vez que se salta la ley, que esta señora tiene un amplio historial de incumplimientos y condenas....
yo creo k no puede sacar al crio sin autorizacion paterna (por lo menos en el caso de mi pareja, la madre es colombiana y cuando decide viajar ambas partes se presentan ante notario para firmar documento en donde especifica la autorizacion i en donde se especifica dia de salida y el dia de regreso, por si acaso hubieran complicaciones)
de todo modos intentar averiguar k dia se van y alertar al aeropuerto.
teneis constancia escrita de k ya una vez se marchó con el crio? aunk sea dentro de españa ella deve comunicar a los juzgados los deseos de cambiar de resisdencia. todo esto va en su contra y podrias pedir modificacion de custodia.
1.- El progenitor custodio, en España, puede trasladarse con el menor o menores y fijar su residencia dentro del territorio español cuando desee, sin pedir permiso a nadie. Tan sólo, como mucho, comunicará al progenitor no custodio el nuevo domicilio.
Es más, se está impulsando, especialmente desde España, una regulación europea que va a permitir hacer lo mismo a nivel europeo.
El documento clave es la guía titulada: “Guide for the application of the new Brussels II Regulation” que la podéis encontrar en el enlace:
2.- El progenitor, en España, puede trasladarse con el menor o menores bajo su custodia fuera del territorio nacional cuando quiera, sin comunicarlo a nadie, siempre y cuando respete el régimen de visitas establecido en el correspondiente convenio de separación.
3.- Todo lo anterior puede no ser aplicable si existe sentencia judicial que lo prohíba expresamente.
4.- El progenitor, en España, NO PUEDE fijar residencia en el extranjero con el menor o menores bajo su custodia.
Por tanto, en vuestro caso, nadie le va a prohibir que se desplace al extranjero de vacaciones. Ahora bien, si os corresponde el menor la mitad de las vacaciones de Navidad y no os es entregado, estaría cometiendo un delito de incumplimiento de sentencia judicial al no cumplir con el convenio de separación. Delito que debéis denunciar ante los juzgados o cualquier comisaría. En tal caso, como proceso adicional, al haberlo sacado del país, podéis iniciar proceso de acuerdo con el Convenio Internacional de La Haya Nº XXVIII de 25 de Octubre de 1980 sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, suscrito por España, y que tiene dos objetivos:
A.- Garantizar el derecho de visitas del menor y del progenitor no custodio.
B.- Impedir que se sustraiga al menor y se le cambie su residencia habitual.
En este caso, invocaríais el punto A.
Si llegara a pretender fijar su residencia en el extranjero invocaríais ambos puntos.
Con respecto al comentario de Montse83 con respecto a esa madre colombiana, la explicación es sencilla. Ellos “firman papeles” no porque la madre tenga problemas para entrar o salir de España, sino porque la mayoría de las legislaciones latinoamericanas, entre ellas Colombia, Argentina o Perú por ejemplo, prohíben la salida de su territorio nacional si no existe consentimiento de ambos progenitores, el consentimiento es suplido, por supuesto, con la presencia de ambos, pero si sale el menor con uno sólo se debe presentar el consentimiento del otro progenitor. El problema lo tendría en Colombia no en España.
Lamentablemente, en España, esto no es así, y digo lamentablemente porque, de existir este tipo de legislación, se evitarían muchos secuestros de menores que son transportados a países que no han suscrito el citado convenio internacional, con lo cual podemos darlos por perdidos a ciencia cierta.
En resumen, en este caso, con los datos que aportas, tiene todo el derecho del mundo y no podéis hacer nada, salvo que exista esta restricción en el convenio o sentencia judicial que lo prohíba expresamente.
emigrante no entendi muy bien esa parte. es decir, la madre necesita de la autorizacion del padre para poder salir de su propio pais(colombia) yo pensaba k era lo contario, k necesitaba la autorizacion para salir de españ. no implica nadad respecto al pais colombia k el niño sea español y la madre ya tenga todos los papeles en regla aki en españa?
Como ya he comentado, en España, el progenitor que tenga la custodia puede sacar a sus hijos sin autorización de ningún tipo. Mi ex lo hace con cierta frecuencia, sobre todo en períodos vacacionales y aquí no pasa nada. Por eso creo que a tu amiga no le hace falta ninguna autorización para salir de España con su hijo, a menos que, estando separada, tenga un convenio de separación que especificará esta cuestión, por ejemplo. Tendría que conocer el caso concreto.
A priori, en Latinoamérica, para poder trasladar a un menor fuera del país, se exige:
- Que el menor vaya acompañado por los dos progenitores.
- O que el menor esté acompañado por uno de los progenitores con el consentimiento del otro (en el procedimiento hay que pasar por delante de un juez de familia que dé su autorización o un permiso notarial)
- O que el menor viaje sólo. En este caso el procedimiento es más complejo (trámites con la compañía de transporte, persona que lo entrega, persona que lo recoge, etc.), pero se sigue necesitando el consentimiento de ambos progenitores.
Las autoridades de migración, la Digemin (Dirección General de Migraciones) en El Perú o el DAS (Departamento Administrativo de Seguridad) de Colombia, y sus homólogos en el resto de países, suelen ser bastante quisquillosas con estos temas y tienen potestad para dejarte entrar al país o denegarte la salida.
Y esto es válido para menores, nacionales o extranjeros, que residan en ese país latinoamericano.
Cuestión aparte, es que se puedan, de hecho se hacen, realizar cruces fronterizos de manera ilegal. Podríamos hablar mucho de esto y de sustracción internacional de menores, tráfico de órganos, etc y no son, ni mucho menos, leyendas urbanas.
Hola Emigrante:
En contestacion a lo que dices, te comento que, es cierto, el custodiao puede cambiar de residencia cuando quiera, pero si el cambio se produce a un lugar a 3000km, es evidente que se produce una alteracion en el regimen de visitas y debe comunicarlo al juzgado, cosa que esta señorita no hizo en ningun momento, es mas, denuncio a mi pareja por que no cumplio con las visitas.... Y disculpa que insista, pero tengo entendido que para salir de España si es necesaria la autorizacion del otro progenitor... asi me lo han hecho saber los abogados y en los foros que he consultado, aunque sea por unas vacaciones....
Gracias por tu ayuda....
Jaisa, la trayectoria que lleva el chaval con esa mujer es tremenda.
Creo que deberíais tratar de contactar con el Fiscal de Menores. Que tiene el deber de PROTEGER a cualquier menor del que tenga constancia de que esté en peligro, inlcuso sin mediar denuncia ( o eso tengo entendido).
Tiene potestad de dictar medidas cautelares de protección.
Este chaval no puede seguir vibiendo con miedo diariamente.
Por probar no perdéis nada. Y no creas que es exagerado. Y le contáis el problema que tuvo el chaval cuando fue a la policía la primera vez, para que se de cuenta el fiscal de la indefensión que ha tenido el chaval.
Te puedo asegurar que la fiscalía de menores investiga casos muchísimos menos graves que el vuestro.
Por ejemplo, sé que valoraron si escribir un insulto en la pizarra a una compañera de clase, por parte de otra, podía constituir un delito de acoso escolar que pudieran poner en peligro la integridad sicológica de la afectada.
Por eso digo, que el fiscal de menores tiene el deber de proteger a cualquier menor del que se tenga constancia que pueda estar en peligro.
Así que un caso como el vuestro, imaginad. Por probar, no perdéis nada.
Raksun,
Te aseguro que hemos intentado de todo, cuando se lo llevo la primera vez, por que el niño no se queria ir y nos lo pidio el mismo, le llevamos al GRUME, al Defensor del menor, pedimos audiencia con la jueza, con el fiscal que llevaba el caso y no nos hicieron ni caso... Hemos hablado ni se sabe las veces con trabajadores sociales, con asociaciones de padres, de proteccion al menor, hemos hablado en la radio, con abogados, cuando el niño se escapo de casa hablamos con el comisario de la Policia, hemos puesto denuncias, mandado escritos, y todo son buenas palabras (a veces ni eso) pero nadie puede hacer nada.... Nadie ve el peligro por ninguna parte, y es lo que nos cuestionamos nosotros, que podemos estar mintiendo pero ¿y si es verdad lo que contamos??? Hay un niño que esta sufriendo mucho y nadie se ha preocupado de averiguar si es cierto lo que decimos....
Gracias por tu ayuda Raksub.
Pues no lo sabemos todavia, hemos presentado los papeles hace unas semanas. Es pronto aun para tener fecha.... pero estamos deseando que llegue el momento a ver si termina todo esto de una vez.....