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como funciona el ayuntamiento

2 Comentarios
 
Como funciona el ayuntamiento
15/02/2006 08:59
Antes de comprar mi piso un anterior propietario gano metros a la terraza y se hizo una habitacion y un cuartito para la lavadora estando todos los vecinos de acuerdo,,cuando yo estaba arreglando esa habitacion he sido denunciado por uno de mis vecinos al ayuntamiento que por carta me insto a paralizar las obras las cuales cuando recibi su carta ya estaban acabadas,posteriormente han enviado un tecnico a ver las obras que he hecho,,el tecnico ha podido ver claramente que esa habitacion tiene mucha antiguedad y me dice que tengo que legalizar esas obras porque mi licencia no las cubre ,el va a hacer un informe y yo tengo que esperar a ver lo que dice el ayuntamiento sobre mi problema una vez el tecnico les de su informe,,como esta pasando el tiempo y el ayuntamiento no dice nada,,,querria preguntar que viene ahora,,¿que puede decir el ayuntamiento? ¿me impondran multa o querran que deje todo como estaba lo cual es imposible ya que estaba en malas condiciones?,,,el tecnico parecia muy amable e incluso solidario conmigo ya que le consta que es un problema de rencilla vecinal y no de molestias a la comunidad pero no se bien lo que sigue a partir de ahora.

¿alguien conoce como funcionan estas cosas?
15/02/2006 13:32
Dos cosas:
Primero, yo preguntaría al técnico si las obras son legalizables o no. Porque puede por ejemplo darse el caso de que el edificio tenga agotada la edificabilidad y con esa habitación se exceda y no sea legalizable.
Segundo, las infracciones urbanísticas prescriben(en la Comunidad de Madrid) a los cuatro años de haberlas realizado. Entiendo que la tuya estaría prescrita, por lo tanto esa parte de la vivienda quedaría en fuera de ordenación.
Un saludo.
15/02/2006 13:33
Dos cosas:
Primero, yo preguntaría al técnico si las obras son legalizables o no. Porque puede por ejemplo darse el caso de que el edificio tenga agotada la edificabilidad y con esa habitación se exceda y no sea legalizable.
Segundo, las infracciones urbanísticas prescriben(en la Comunidad de Madrid) a los cuatro años de haberlas realizado. Entiendo que la tuya estaría prescrita, por lo tanto esa parte de la vivienda quedaría en fuera de ordenación.
Un saludo.