Ya se que una vez que fallezca ni sentiré ni padeceré nada , ahora bien lo que siento y padezco es estando vivo, el pensar que mis sobrinos puedan disfrutar en un futuro de mi dinero y eso me reconcome en vida.
Me temo que si y esto es lo que yo ya decía en mi primera exposición.
Pues me parece que va a tener que conformase solo con el usufructo de la vivienda .
Y si no quiero ,como es el caso, de que mis sobrinos "huelan" ni un céntimo de mi dinero, tendré que dejar la nuda propiedad de la vivienda a una tercera persona y en cuanto al dinero legarlo también en favor de una tercera persona.
Dos cosas que no sé es si podría hacer son;
1. Dejar la nuda propiedad repartida entre varías personas.
2. Si podría repartir el dinero mediante legados entre varios legatarios fijando un porcentaje para cada uno.
A ver si podrías aclararme estos dos últimos puntos.
Gracias y un saludo.
Su lógica respuesta me lleva a la conclusión de que si lo que se quiere es excluir a los sobrinos de forma directo o indirecta, todo pasa por excluir también a la madre de estos, es decir; a la hermana.
Y me parece muy normal que lo haga, si son sus hijos. Se opte por el usufructo o por el fideicomiso de residuo, no se podría evitar que lo que gaste ella no pueda gastarlo también en la gente que quiera.
Gracias por contestar.
El problema es que si con el usufructo puede gastar el dinero, cuando fallezca ya no quedará nada para restituirlo porque lo habrá empleado todo en beneficio y disfrute de sus hijos (mis sobrinos).
Gracias por contestar.
El problema es que , estoy convencido de que a la muerte de mi herman,a ya no quedaría nada , porque ella lo emplearía en beneficio y disfrute de sus hijos (mis sobrinos).
Puede hacer testamento con la institución de un fideicomiso de residuo, en virtud del cual su hermana heredaría los bienes que usted le deje, pero a la muerte de ella el sobrante, si es que queda, no iría a parar a sus hijos, sino a la persona que usted designe en el testamento, con lo que permitiría que su hermana disfrutase de sus bienes e impediría que sus sobrinos los heredasen.
Pues lo mismo. El usufructo del dinero significa que el usufructuario puede disponer libremente de ese dinero, debiendo restituirse el valor al nudo propietario (si hay con qué devolverlo) al extinguirse el usufructo, generalmente con el fallecimiento del usufructuario. Es decir, puede invertirlo, gastarlo, o hacer lo que quiera en vida, y cuando fallezca ese dinero irá al nudo propietario, al igual que los bienes inmuebles. Únicamente las rentas que obtuviera serían propiedad del usufructuario en pleno dominio y estas sí que pasarían a sus herederos.
La figura instituida para "dejar el disfrute de algo pero que no pase a sus herederos" es esta, el usufructo (y el fideicomiso más o menos para lo contrario). Cualquier otra condición impuesta en testamento que implique o condicione el testamento del beneficiario (decirle al heredero a quién debe dejar su herencia) es nula, y lo heredado, al margen de estas dos figuras, pasa al patrimonio del heredero que podrá hacer con él lo que quiera.
Para un caso así yo sugeriría el usufructo, aunque debes decidir a quién dejas la nuda propiedad de esos bienes. Si no, si le dejas el bien a un heredero, esté podrá dejarlo en herencia, donarlo a un tercero o hacer lo que quiera como él quiera, porque será su patrimonio.
Gracias por responder, pero otra consulta.... y si hablamos de ahorros en el banco, es decir de dinero....?
Eso es lo que mas me preocupan... no quiero que ni lo huelan.....
Puedes dejarle el usufructo de todos tus bienes a tu hermana, y la nuda propiedad a quien consideres, a un amigo, vecino o quien veas. Cuando fallezca consolidará el dominio quien corresponda, y al extinguirse el usufructo sus hijos no heredarán nada.
Hola, esta es mi situación personal. Estoy soltero, sin hijos y sin ascendientes. Solo tengo a una hermana, 9 años mayor que yo y dos sobrinos.
Tengo intención de realizar testamento. Con mi hermana tengo una magnífica relación, pero con mis sobrinos, por desagradables circunstancias, no mantengo relación alguna y por este motivo no deseo que en un futuro pudieran disfrutar de lo mas mínimo de mi herencia.
Mi intención era nombrar heredera a mi hermana, ya que si ella fallece antes que yo, no habría problemas, porque con un segundo testamento de mi parte, mis sobrinos no cogerían nada.
Pero en el hipotético caso de que yo falleciera antes que ella, mis sobrinos en un futuro la heredarían, con lo cual si cogerían parte de los bienes que yo dejé en herencia a su madre.... y esto es lo que no quiero que suceda por nada del mundo.
Así que para que ellos en un futuro no disfruten de mis bienes , me veo en la tesitura de que la única opción que tengo, con todo el dolor de mi corazón, es NO nombrar heredera a mi hermana.
Y esta es mi consulta, a ver si hubiera alguna manera, fórmula, método... etc de que mi hermana pudiera heredarme sin que sus hijos, (mis sobrinos) pudieran disfrutaran en un futuro los bienes de mi herencia.