Hola! He encontrado este foro donde espero encontrar respuesta a unas dudas que me han surgido.
Soy socio de una empresa pequeña. Yo, soy el socio minoritario y no estoy de acuerdo con la manera de gestionar la empresa de mis socios. La pregunta que tengo es, si podria dejar la sociedad sin más o que deberia hacer. Hay un prestamo de X € el cual soy junto a mis socios avalador. ¿Me quedaria pendiente esta deuda si dejase esta sociedad o solo me quedaria pendiente el porcentaje de esta?
La salida de la sociedad y el aval son cuestiones diferentes. El aval consiste en un compromiso de pago frente a un acreedor, en caso de incumplimiento de pago por parte del obligado principal. A falta de más datos sobre el tipo de aval,(es fundamental ver el documento) e independientemente de ello, la garantía otorgada (el aval) subsitirá aun a pesar de tu salida de la sociedad pues no está condicionada a ella.
Entiendo por lo que pones que se trata de un crédito concedido a la sociedad y avalado por los socios. Naturalmente el obligado principal es la propia sociedad, no obstante y en caso de incumplimiento de pago, el acreedor podrá exigir el pago a los avalistas (especial atención en caso de aval solidario!!), continúen siendo socios de la empresa o no pues como decía antes, el aval no está condicionado a la permanencia en la empresa.
Pese a ello, es imporante saber que de acuerdo al Art. 1838 CC, existe un derecho de repetición que faculta al fiador (avalista) a repetir frente al deudor principal (avalado) el importe que hubiera pagado al acreedor por este.
Además de éste derecho de repetición o regreso frente al deudor, en caso de cofiadores, el que pague la deuda tiene igualmente un derecho de repetición frente a los demás, en la parte que les corresponda satisfacer (Art. 1844 CC).
Quiere esto decir que, si luego de haber vendido tus participaciones y por tanto haber salido de la sociedad, el acreedor te reclamara alguna cantidad como consecuencia de esta aval y vinieras obligado a pagar, podrás luego repercutir ese importe (al 100% frente a la sociedad o, en su caso, en la parte proporcional frente a los cofiadores).
También podrías intentar que el banco reemplazara tu aval por ejemplo por el de un socio nuevo, o ampliara el aval de los restantes socios en proporción para absrover tu importe avalado pero esto es otro tema.
Gracias. En cuanto al prestamo lo tengo claro. Pero quiero dejar la sociedad, quedan cosas por medio sin solucionar con bancos y yo quiero salir de esta. ¿Deberia pagar mi parte de la deuda a ellos o por el contrario solo pierdo el capital invertido?
Y otra pregunta más, ¿A quien puedo acudir abogado, gestoria...?
La deuda y el capital son cosas independientes. Si como comentabas antes, la deuda de la sociedad está avalada por los socios, como comenté antes, el aval persisitirá pese a que salgas de la sociedad. Esto quiere decir que si quieres salir, necesitas vender tus participaciones (el precio habrá que negociarlo) o estudiar si hay lugar a separación tanto legal como estatutaria.
En cuánto a las deudas, si estas están avaladas por ti persistirán, si se trata de cualquier otra deuda, tu responsabilidad se limitará a lo que hayas recibido por tus aportaciones.
En cúanto a lo último, yo personalmente te sugiero un abogado, pues los abogados, a mi juicio, tenemos mayor vocación para resolver mejor estas cuestiones.