Buenos dias.
Habiendose hecho la reparticion de la herencia estoy interesado en cobrar mi parte, que es una cantidad pequeña y estoy exento del impuesto de sucesiones. Mi parte ha sido adjudicada de varias cuentas bancarias. ¿Puedo cobrar mi parte sin que las otras partes hayan liquidado su impuesto? ¿que documentos necesito? Gracias.
EL impuesto de Sucesiones lo tiene que hacer aunque le de negativo. Para cobrar ese dinero necesita el documento en el que se acredita que esa parte de la herencia es suya, normalmente el documento de partición y adjudicacion de herencia ya sea notarial o judicial.