Puede ser que te abonen ese dinero, pero ello no quiere decir que tengas que renunciar al resto de lo que te corresponde.
Si se produce el pago, lo que debería hacer tu abogada es comunicarlo mediante escrito al Juzgado para que el embargo que consta sobre bienes de la demandada se reduzca hasta la cantidad que todavía te adeude.
Hola a todos.
Hace 1 año interpuse una demanda por el impago de una legítima. Esa demana no llegó a juicio porque la afectada aceptó la deuda. Y al final se tuvo que hacer embargos de su bienes. A finales de año el abogado de la otra parte habló con mi abogada y le dijo que a principio de 2015 me pagarían unos 8.000 €. Mi abogada se puso en contacto conmigo para decírmelo y yo dije que si. Pero aun no se sabe con que condiciones puedes efectuar la otra parte. Ella me dijo que es posible que me pidan quitar el embargo y pedir los intereses de esa deuda. Y yo no se que decir y hacer. Ya que no se si todoesto me puede traer problemas ya que esos 8.000 no se acercan a la deuda final y estoy con una abogada de oficio.
Se agradece toda aportación que se haga,