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Cobrar 100% en la 1ª baja

2 Comentarios
 
Cobrar 100% en la 1ª baja
26/05/2010 16:30
Buenas a todos: mi mujer está de baja desde 03/11/09 por enfermedad comun y según el convenio que le pertenece (construccion) en el art. 25.7 indica:
Durante los 3 primeros días de baja en situación de IT y sólo en la primera baja del año,
los trabajadores que acrediten tener derecho a la prestación económica
correspondiente, las empresas abonarán a los trabajadores que se encuentren en esa
situación el 100% del importe diario de la base reguladora, en el bien entendido de que tal derecho no se devengará en la segunda o sucesivas bajas dentro del mismo año natural

Mi pregunta es que siendo la única baja que ha cogido...le pertenece el 100% del sueldo? Además se supone que la empresa está cobrando de la seguridad social pero ello aun no nos han ingresado el sueldo de Abril y estamos a 26 de mayo.
Gracias
26/05/2010 17:11
¿Eso viene en el convenio de la construcción?
Supongo que será alguno de ambito provincial, porque en el general no lo veo, ni en el de Madrid.
SALUDOS.
perfil jcb
26/05/2010 22:25
Esto lo indica el convenio de la construccion de Barcelona. Si e la primera baja le corresponde el 100% de los primeros 3 dias, el 60% a partir del 4 hasta el 15 y el 75% a partir del dia 21 de baja.