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Cobrar 100% en la 1ª baja

2 Comentarios
 
perfil jcb
26/05/2010 22:25
Esto lo indica el convenio de la construccion de Barcelona. Si e la primera baja le corresponde el 100% de los primeros 3 dias, el 60% a partir del 4 hasta el 15 y el 75% a partir del dia 21 de baja.
26/05/2010 17:11
¿Eso viene en el convenio de la construcción?
Supongo que será alguno de ambito provincial, porque en el general no lo veo, ni en el de Madrid.
SALUDOS.
Cobrar 100% en la 1ª baja
26/05/2010 16:30
Buenas a todos: mi mujer está de baja desde 03/11/09 por enfermedad comun y según el convenio que le pertenece (construccion) en el art. 25.7 indica:
Durante los 3 primeros días de baja en situación de IT y sólo en la primera baja del año,
los trabajadores que acrediten tener derecho a la prestación económica
correspondiente, las empresas abonarán a los trabajadores que se encuentren en esa
situación el 100% del importe diario de la base reguladora, en el bien entendido de que tal derecho no se devengará en la segunda o sucesivas bajas dentro del mismo año natural

Mi pregunta es que siendo la única baja que ha cogido...le pertenece el 100% del sueldo? Además se supone que la empresa está cobrando de la seguridad social pero ello aun no nos han ingresado el sueldo de Abril y estamos a 26 de mayo.
Gracias