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Coacción de la Junta Directiva a un local

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
14/10/2013 17:37
Entendido entonces. Si, evidentemente si usted cumplió de voluntad propia la sentencia, y despues no se comunicó esto al juzgado, lo que ha hecho ha sido cumplir la sentencia 2 veces.
Del plazo de prescripción ya nos olvidamos, porque ya se ha ejecutado en 2009. Intente hablar con un abogado para que analice los documentos en profundidad, pero pinta mal.
De todas formas, lo que yo si haría sería interponer una demanda de responsabilidad civil contra el abogado que actuó tan pasivamente, causándole estos resultados tan adversos. De esta manera usted podría obtener una indemnización que al menos alivie un poco los otros gastos.
Un saludo.
14/10/2013 23:50
Lo de demandar al abogado está complicado (ha fallecido). Por último no me quedó más que pedirle un escrito que diera por terminada nuestra relación profesional (lo redacté yo misma) y accedió a cambio de mil euros. Por mi salud mental no quiero revivir la impotencia que supuso todo aquello.
Efectivamente, Okers, he cumplido la sentencia dos veces. Lo más sorprendente es que a la comunidad le importa un bledo la fachada. Si les importara realmente la fachada ya la habrían puesto como piden porque tienen, desde hace cuatro años, el dinero a su disposición para hacerlo. Sólo les mueve la mala fe, el abuso de poder y la intención de perjudicarme. O cómo, si no, puede el presidente exigir que retire mi toldo cuando él tiene todo en su piso y un cerramiento en su terraza? ¿cómo puede coaccionarme para que pague el doble de comunidad cuando él no paga la que le corresponde desde 2006? ¿cómo me exige el pago de agua comunitaria teniendo un contador individual para el suministro del local? Con ellos no hay quien pueda.
No sé cómo trasladar esta realidad al Juez.
Alguna sugerencia?
Gracias

















15/10/2013 00:16
Quizás la única vía sería abrir otro procedimiento judicial diferente. Por ejemplo, si se llega a adoptar en junta alguna de esas decisiones que le perjudican, puede impugnarlas en los tribunales.
Lo que quiero decir es que si quieren amenazar, que amenacen. Y si quieren que lo cumplan, porque usted puede ir a la vía judicial a impugnar ese acta y darles con su propia medicina.
15/10/2013 22:36
Gracias Okers. lo de abrir otro procedimiento judicial diferente está bien pensado. Lo que no sé es qué podría motivarlo: si el impago de cuotas del secretario-administrador y del presidente, si el obro indebido de agua (mi local tiene contador independiente), o quizás la potestad el presidente para manejar las cuentas bancarias y sacar dinero sin necesidad de ninguna otra firma salvo la suya propia ¿podría llevar a los tribunales el que me reclamen por escrito que debo a la comunidad esa duplicidad de cuotas que quieren imponerme?
Crees que alguno de estos motivos abrirían otro procedimiento judicial en que se dejara ver realmente la mala fe de esta peculiar omunidad?
15/10/2013 23:21
Por lo que comentas, lo más probable es que la Comunidad se tome la justicia por su mano y aprueben en Junta la subida de tus cuotas. Pero para modificar la distribución de cuotas, hace falta UNANIMIDAD, y si no asistes a la reunión o votas en contra ya no existe esa unanimidad.
Por lo tanto, ese acta es impugnable por todos los lados. En la junta en cuestión, se hace constar en acta la disconformidad con ese acuerdo (salvar el voto), y se presenta en el juzgado demanda impugnando ese acuerdo perjudicial del acta, y ya será el juez el que diga lo que tiene que decir. Y si se dan todas estas circunstancias será a tu favor.
Lo que quiero decir es que aunque la Comunidad cumpla sus amenazas, todo lo que acuerden es impugnable y no es válido.
16/10/2013 15:48
Mi interés primordial, Okers, sería saber si abriendo un nuevo procedimiento judicial (por la ilegalidad de los acuerdos adoptados , por ejemplo) pudiera "dejarse ver" ante el un juez la perversidad de la junta directiva. Es decir, hacer visible que la verdadera intención no es restituir la fachada (llevan cuatro años con el dinero y no lo han hecho) sino presionarme hasta que claudique en la clavada de cuotas.
Por concretar ¿puede un nuevo procedimiento dar por terminado el plazo de ejecución de obras establecido en otro procedimiento diferente y anterior?
Saludos
16/10/2013 18:08
Si lo que pretendes sería adelantarte a los acontecimientos y hacerle ver al juez el comportamiento dictatorial de la Comunidad, quizás habría que ir por la vía penal (amenazas). Puede encajar tu caso aquí, pero eso mejor que lo conteste un experto penalista.
Saludos.
16/10/2013 21:22
Mil gracias por atender mis cuestiones con tanto criterio, ingenio y solvencia.
Saludos