Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cláusula testamentaria

9 Comentarios
 
Cláusula testamentaria
perfil JCV
11/09/2007 13:25
¿Cómo entendéis esta cláusula en un testamento?
El fallecido tiene mujer e hijos, y el testamento es sobre una vivienda.

La cláusula dice:
"Se deja TODO el usufructo de la vivienda con caracter vitalicio a X (que es un tercero, no familia) con cargo al tercio de libre disposición".
Al decir "con cargo al tercio de libre disposición" no lo tengo claro.

¿Qué ha dejado exactamente?
a) Todo el usufructo.
b) Un tercio del usufructo.

Gracias.
11/09/2007 17:23
Lo que le ha dejado es el usufructo de la vivienda; ha de hacerlo con cargo al tercio de libre disposición ya que los otros dos tercios deben ser necesariamente para los herederos legales y, según dices, en este caso se trata de un tercero.
perfil JCV
12/09/2007 09:56
Si le ha dejado el usufructo de toda la vivienda, ¿qué pasa con el tercio del usufructo de la viuda?
Supongo que la viuda no puede quedarse sin ese usufructo.

Gracias.
12/09/2007 10:33
Supongo que en la herencia habrá otros bienes además de la vivienda; la parte de los herederos forzosos (viuda e hijos) se cobrará sobre lo que resta de los bienes.
perfil JCV
12/09/2007 11:56
No hay más bienes, sólo una pequeña deuda de 2.000€.
perfil JCV
13/09/2007 10:21
¿Alguna opinión?
La cosa queda así:
Cláusula testamentaria donde se deja todo el usufructo de una vivienda a un tercero a cargo del tercio de libre disposición, y no hay más bienes.
¿Qué pasa con el tercio del usufructo de la viuda?
13/09/2007 11:03
Presuponiendo vecindad comun Si el valor del usufructo no supera el valor de trecio sel piso, significa simplemente que el bien es de los legitimarios, cada uno en su derecho, pero el uso es del usufructuario hasta su fallecimiento.
Ciertamente pareciera que se desnuda el derecho de usufructo sobre el tercio de mejora a favor de la viuda. Entiendo que los costes del litigio raramente no serian exponencialmente superiores al beneficio obtenible.
En todo caso depende mucho de la edad del beneficiado por el usufructo perpetuo que incide claramente en el valor de este derecho.
Un saludo
13/09/2007 11:05
JCV, tendrán que llegar a un acuerdo para pagarle el valor del usufructo, reduciéndolo en el caso de que su valor exceda del valor del tercio de libre disposición.
perfil JCV
13/09/2007 12:57
Gracias por vuestras aportaciones.
Luego entiendo que el usufructo de la viuda se "diluye", correspondiéndole a ésta parte de la nuda propiedad del tercio de libre disposición.
(vaya juego de palabras).
Es para llegar a un acuerdo, para saber lo que corresponde realmente a cada parte.
¿es así como digo?
13/09/2007 13:05
El usufructo tiene un valor económico en función de la edad de la persona que lo adquiere; se puede acordar darle el valor en dinero o bien en otros bienes.