La diferencia entre "Prestamo" y "Credito" es que en el primer caso se dispone en el primer momento del 100% del importe, mientras que en el Credito se va utilizando según las necesidades. Asímismo, en el segundo caso, la parte amortizada vuelve a estar disponible.
En cuanto a las condiciones del tipo de interés, no veo la diferencia respecto a la "clausula suelo" ó tipo mínimo a aplicar.
Como que no encuentra nada....
No me lo creo,
solo con poner en Internet, Clausulas Suelo le vienen unos 20.000 articulos e informacion de bufetes de Abogados ,de ADICAE, ETCCCCCC
NO SE QUEDE CON NOSOTROS....
En cualquier caso el 12 de julio, el Abogado General de la Union dara el informe sobre el Juicio celebrado el pasado 26 de abril al Tribunal de Justicia de la Union y que es vinculante , seguramente dira que las Clausulas deben ser nulas desde el origen de la misma.
En cualquier caso vd tiene que demandar a su banco para poder cancelar estas clausulas y recuperar su dinero.....ADICAE COMO ASOCIACION QUE LUCHA CONTRA ESTAS CLAUSULAS ABUSIVAS YA GANO LA MACRODEMANDA DE MAS DE 15.000 AFECTADOS a 105 entidades financieras....
le aconsejo busque y lea un poco mas.......