En un parking de una comunidad de propietarios, el sentido de circulación, está señalado en el pavimento. No obstante, algunos usuarios conducen en sentido contrario por comodidad.
¿Puede la Comunidad de alguna forma, sancionar a los que no respetan el sentido de circulación?.
¿Que pasaría sin dos vehículos tuvieran una colisión?. ¿Como podría demostrarse la culpa del que ha infringido?.
Esto me recuerda a un antiguo forero que ya no entra en el foro, o ya no entra con su antiguo usuario, que daba respuestas por doquier (la mayoría erróneas) y de vez en cuando se descolgaba con alguna pregunta, poco o nada interesante, "para darle vida al foro" decía.
Fixin no se si lo indicado por usted va por mí (soy Caroline) o por Virginia, si lo dice por mi, creía que los blogeros verían que mi respuesta esta basada en la ironía. tal vez debería haberlo puesto entre comillas.