muchas gracias por la respuesta
Han perdido un buen cliente, pero han entrado 2 nuevos, que podian traer a Madrid, (salvo que le pida a los clientes que digan que no quieren oficina en Madrid...) Lo de ir a Barcelona lo han mencionado verbalmente un poco de pasada, y nos ha dicho que si consiguen dinero intentaran darnos 30 dias o algo más, pero que nos correspondian solo 20 por que es por cierre...
w33walker: Si os han despedido os corresponde la indemnización de 45 días de salario bruto por año trabajado, salvo que la empresa haya alegado y demuestre un despido por causas objetivas (organizativas o de producción). Si os ofreciesen trabajo allí (en Barcelona) no estaríamos ante un despido, sino ante una decisión empresarial de movilidad geográfica, que tiene sus propios condicionantes legales.
Mi empresa ha perdido un cliente y cierra oficina en Madrid, cuntinuando su actividad en Barcelona.
Que tipo de despido nos corresponde?
cuantos Días? Tiene alguna obligación en cuanto ofrecernos trabajo alli?