¿Qué pasa con los recibos domiciliados de una persona fallecida?. Ya se ha procedido al reparto de su herencia (expediente de testamentaria) y ha quedado algo de dinero que los herederos quieren destinar a continuar con los pagos de los recibos de la casa donde vivía el fallecido, que vivía solo y cuya casa quedará sin habitar por el momento.
Esa cuenta se va a cerrar una vez se retire ese remanente. ¿Se cancelan también los recibos (agua y luz)?. Los herederos prefieren no domiciliar los recibos sino pagarlos in situ en las oficinas correspondientes.
Cuando el banco cierre la cuenta, ¿se cancelan solas las domiciliaciones de agua y luz?.