Buenas tardes y gracias por vuestras respuestas
Somos tres hermanos y cuando murio mi padre dejamos el piso en usufructo para mi madre y propietarios los tres hermanos a partes iguales.
Mi pregunta es puedo yo ceder mi 3ª parte a uno de mis hermanos en vida de mi madre. ¿Que tendria que hacer? y sino una vez fallecida podria cedersela a un hermano?
Puedes hacerlo, ahora o después, mediante escritura notarial. Os saldrá muy caro en impuestos.
Habría alguna otra posibilidad si no han pasado más de 4 1/2 años del fallecimiento y no has hecho uso de tu parte de la herencia.
Esa cesión, una vez aceptada ya la herencia, es una donación. Puedes hacerla ya de tu parte del piso en nuda propiedad, antes de que fallezca tu madre, o después, eso como tú quieras que eres el que va a regalar algo. La consolidación del pleno dominio se hará cuando fallezca el usufructuario, por lo que si la haces antes te ahorrarías tú el impuesto por esto y el valor de la donación sería algo inferior (este lo paga el que recibe la donación, de todas maneras).