Buenas tardes, mi cliente ha recibido un contrato de cesión de crédito litigioso.
Necesito rechazar esa cesión y no se como hacerlo.
Alguien me puede orientar un poco.
Entiendo que tu cliente es el deudor. Articulo 1535 del codigo civil, creo que es ese, que regula el derecho de retracto. Creo que tiene 9 dias para solicitar a la empresa que ahora le reclama, el importe exacto por el que se compró su deuda, y tu cliente podria liberarse de la deuda pagando solo este importe ( que suele ser mucho mas bajo) y no el principal reclamado.
Creo que en otras secciones del foro te informaran mucho mejor, esta seccion es tributario. No soy un experto de estos temas, y te informo, a la espera de mejor opiniones...