Aquí, quien no sabe escribir ni el verbo haber ("a entendido ...") es Vd. Quien se arroga la representatividad de otros y se atribuye títulos es Vd., llegando al extremo de inscribirse como abogado, donde por elegancia no cito, y donde no le hace caso ni dios.
Lo que me indigna es que la gente no viene aquí a arreglar un problema que a todo el mundo le puede sobrevenir si no a engañar con esa chapuza del cambio de titularidad que, hasta el que asó la manteca deduce, es un traspaso.
Que los traspasos ya no existen, que no se entera; y de la lectura de todas las sentencias aportadas se decude que no hay cesión inconsentida del contrato por la mera venta del 100% de las participaciones sociales.
Me gustaría que me respondiera aspeta.
Si en el contrato de arrendamiento se prohibe cesión y para esquivar este pacto venden sus participaciones sociales a un tercero sería causa de resolución del mismo. Yo lo veo igual que tu. Porque si no se pacta nada se podría elevar renta.
Mi consulta es un paso más allá: si el arrendador se entera sin comunicación alguna, tiene algún tipo de derecho el tercero "de buena fe" que las compra?
Porque mi idea es interponer demanda de resolución de contrato por incumplimiento del mismo y lanzarles del local y entiendo que su reclamación de entenderse factible sería contra el arrendatario original real.
Otra cosa: he leído que no existen los traspasos! Que barbaridad!