Hola, y si los tres ausentes, una vez notificado el acta, votan en contra ?, no se alcanzaría las 3/5 partes preceptivas. En ese sentido si cambiaría la votación.
Un saludo.
Buenas tardes,
soy administradora de fincas y les comento.
Aunque la comunidad de propietarios si que paga el IVA del administrador (mediante la correspondiente factura), luego es éste el que tiene que liquidarlo trimestralmente en Hacienda mediante el modelo 303. Pero la comunidad de propietarios no paga el IVA ante Hacienda. Cosa distinta es que en la factura del administrador si tienen que estar descontadas las retenciones y trimestralmente la comunidad las ingresará en Hacienda mediante el modelo 111. En consecuencia, compruebe si en la cuenta de la comunidad figuran los pagos trimestrales de retenciones a Hacienda (el pago del IVA se ve en la cuenta particular del administrador, no en la cuenta de la comunidad). No se si me he explicado con claridad. Un saludo
Yo he obligado a cesar a un seudoadministrador, porque era un inutil.
no descontaba a la comunidad el IVA, y le di un ultimatun, (porque la mayoria le apoyaba), o dimitia o le denunciaba en hacienda.
al mes de denunciarle dimitio.
damaot, no tengo ni idea de como se realiza, lo unico que se, es que en gastos, tiene que venir desglosado su sueldo y el IVA, el lo recauda y creo que cada tres meses lo abona a hacienda.
esto que hize sirve para que muchos administradores corruptos dimitan.
Jalisco, el tema me interesa, ?como tienen que liquidar los administradores el IVA¿ ?cual es el modelo de Hacienda y por cuenta de quien va¿ .....o tiene que ir
Y por otro lado, blesa, pónganse en guardia, pues si el administrador les resulta contestatario y la despedida está realizada sin el término de su mandato, si les demanda, el juez, sin la menor duda, les obligará pagar su demanda y los meses restantes al término del ejercicio; en todo caso , l despedida tendría que ser argumentada con una falta grave y eso, conseguirlo en los juzgados es tabú; los administradores de fincas son prácticamente inviolables y gozan de toda credibilidad, en el mejor de los casos pagarles la anualidad aunque hay permanecido dos meses.
Pues me ha tocado presidencia de comunidad,casi mejor dejarme sacar una muela en vivo...
La primera medida,junta extraordinaria y despedir al administrador por irregularidades varias y continuadas.
Presentes 5 condueños de 8,con una cuota de participación del 60%,se aprueba por unanimidad el cese de dicho sujeto.
Supongo que,al ser la mayoría suficiente,puedo obviar el trámite de esperar un més por si los ausentes se oponen y puedo bloqueár ya el acceso a la cuenta al administrador saliente.
¿O la espera es forzosa?