Soy el tutor legal de una persona incapacitada judicialmente y no fallecida. ¿Puedo acudir al registro y solicitar en su nombre el certificado de últimas voluntades?
Ella podría solicitarlo en caso de estar capacitada, ¿entra dentro de mis atribuciones como tutor solicitarlo en su nombre o he de solicitar alguna autorización judicial?
creoq ue puedes solicitarlo en su nombre sin autorización judicial... otra cosa es que esa persona sea heredera de alguien, tendras que solicitar autorización judicial para aceptar la herencia..
Muchas gracias, miriam53. Esa es la idea que tenía, pero esta mañana la funcionaria me ha denegado el certificado aduciendo que sin poder notarial otorgado por la interesada (difícilmente una persona incapacitada podrá otorgar poder notarial alguno) no puedo acceder a ese certificado.
He intentado hacerle entender que lo pedía en su nombre, siendo su tutor legal, pero ha sido imposible.
¿Tienes idea de a qué ley o normativa puedo recurrir para que en registro me den acceso al certificado?
También puede solicitarlo el interesado en vida, mi duda radica en si, en caso de estar el interesado incapacitado judicialmente, puede solicitarlo su tutor legal en su nombre.
En las exclusiones que marca el artículo 271 del CC como actos en los que el tutor ha de contar con autorización judicial, no aparece este supuesto.
pues quizas eso no pueda el tutor... en todo caso, las ultimas voluntades se piden despues del fallecimiento... y antes de morir, pues quizas pueda hacerlo el mismo... pero no creo que el tutor pueda pedirlo...
Creo que las ultimas voluntades son cosas personales de uno mismo... y ni siquiera el tutor deberia estar autorizado para saber... porque supongo que el incapaz las otorgó cuando no era incapaz no?
Ademas... si esas voluntades no las puede ya el incapaz cambiar... que interés legal puede tener el tutor en saberlas?
Me parece que no esta dentro de las competencias del tutor saber.. las ultimas voluntades de su tutelado...
Gracias por la respuesta, miriam53. El incapaz las otorgó cuando estaba en pleno uso de sus facultades, por descontado.
El interés es el de velar por su patrimonio, estando al corriente de hasta dónde alcanza éste y en qué estado se encuentra en la actualidad, algo que el incapaz ya no puede manifestar al carecer de entendimiento suficiente.
De todos modos buscaba aclaraciones meramente legales, no morales. Entiendo que la figura del tutor está precisamente para representar al tutelado en "cosas personales de uno mismo" cuando éste ya no es capaz de hacerlo.
Leo Del, los certificados de últimas voluntades se expiden únicamente después del fallecimiento de la persona y no se pueden obtener antes de transcurridos 15 días desde dicho fallecimiento.
Aparte de esto, poca información ibas a poder obtener por esta vía del patrimonio de tu tutelado.
Coincido con x-aaa, no sé qué idea tienes de los datos que aparecen en un testamento, pero desde luego salvo algunos legados, lo único que figura son las proporciones en las que se reparten los bienes...no un inventario de ellos. Si se hiciese así cada dos por tres habría que cambiarlo ya que el patrimonio varía...
x-aaa, insisto por enésima vez en que el certificado de últimas voluntades ha de ser expedido a los propios otorgantes de testamentos que lo soliciten en vida, mi única duda estriba en si también ha de ser entregado al tutor y representante legal del otorgante del testamento si aquél así lo demanda.
Por otro lado soy consciente de la naturaleza de un testamento, y precisamente por ello tengo la certeza de que arrojará luz sobre el patrimonio de mi tutelado.
Lo he visto en la propia página del Ministerio de Justicia, apartado 'registros'. Doy por sentado que si el otorgante del testamento solicita el certificado en vida, no se le requerirá su propio dertificado de defunción por razones obvias.
"Certificados de actos de última voluntad: El certificado informa de la existencia de testamento/s y, en caso de existir testamento/s, del lugar y fecha del otorgamiento y del nombre del Notario/s ante quién/es fueron otorgado/s.
La expedición de los certificados de última voluntad tendrá lugar:
* A los posibles herederos: este certificado se suele solicitar para la realización de ciertos trámites, como son: la declaración de herederos, para cobrar pólizas de seguros, en procesos judiciales, para cobrar cuentas bancarias y en general en cualquier trámite en el que sea necesario conocer la identidad de los herederos de la persona fallecida. Con el certificado pueden dirigirse al Notario correspondiente, que facilitará copia del testamento.
* A los propios otorgantes de testamentos que lo solicitan en vida.
* A cualquier ciudadano español o extranjero que necesite conocer si existe o no testamento y que lo solicite desde el "
Gracias por la información; siempre pensé que era imposible obtenerlo antes del fallecimiento.
Me da la impresión de que por el hecho de ser tutor no te van a facilitar el certificado pero, en cualquier caso, por probar no pierdes nada.
Además, creo que el notario no te facilitará la copia del testamento ya que, según el reglamento notarial "en vida del otorgante, sólo éste o su apoderado especial podrán obtener copia del testamento."
Una cosa es el certificado...que se da cuando se aporta la certificación de la defunción... y eso, una vez una persona fallece, no se pone pegas a darselo a los familiares... y al parecer segun indica, lo puede pedir tambien el testador... quizas por si no recuerda el testamento o testamentos que ha hecho...o pudiera ser que hubiera perdido la copia... y otra cosa es que conocido el notario y fechas de los testamentos... alguien, aunque fuera el tutor, pida a ese notario una copia y se la den... que eso si que dudo muchisimo... otra cosa es que uno mismo, pierda su copia... y que vaya a la notaria a que le expidan otra... pero el tutor... no tiene porque enterarse lo que su tutelado
manifestó en su testamento...
De todas maneras lo tiene facil si cree que puede hacerlo... pida en el juzgado donde han tramitado la incapacidad, con esos argumentos que indica, es decir..saber los bienes del incapaz, que el juez expida una orden para que el notario le de copia del testamento.... y verá que le contesta el juez....
Tiene mucha smaneras de enterarse de los bienes del incapaz... el registro de la propiedad.... el catastro municipal... los bancos... etc..etc.. que todos estos...siendo el tutor, no le podran negar esa información... ya que lo que pretende con el testamento creo que no es legal... ni tampoco moral...
Es sencillo. Si lo que pretende es solicitar las últimas voluntades del incapaz, NO PUEDE HACERLO pues no ha fallecido. Si son las últimas voluntades de otra persona sobre la que precise conocer si otorgó o no testamento, es tan sencillo como llevar el certificado de defunción, cubrir el impreso de solicitud, pagar la tasa en el banco, y con el justificante de pago, el impreso y el certificado de defunción, solicitarlo pues basta que lo solicite Vd. directamente, ni siquiera el incapaz.
Ahora, si como indicaba al principio, Vd. pretende solicitar las últimas voluntades de su tutelado, :-D, perdone, pero es imposible que se las den al no contar con el certificado de defunción al estar vivo el otorgante.
Un saludo.
hola...quiero aclarar que en mi primera respuesta... al decir que si podia... dije que si porque entendí que el tutor pedia un certificado de ultimas voluntades de una persona fallecida en nombre de tu tutelada...
No era mi intención manifestar que podia pedir las ultimas voluntades de esa persona que todavia estaba viva...