1.-Mi abogado está esperando a que le llame para interponer la demanda y la denuncia.
2.- Yo estoy esperando una documentación que según mi abogado es importante para enfocar de un modo u otro la demanda,Y sino yo consigo esa documentación,nadie más puede conseguirla,ni mi propio abogado,y no sabéis la trama que esto tiene..........
3.-Mi pregunta es la siguiente:
Para yo reclamar el total de la derrrama famosa al antiguo propietario es necesario que esté totalmente pagada??y demostrar que actualmente la derrama no ha vencido(vencé en el 2007),y se la están reclamando al nuevo propietario??
Y si casualmente ahora según otras informaciones obtenidas,la administración ha decido no reclamar esa derrama al nuevo propietario aunque los recibos sigan corriendo.........esto es posible??.
Es más...........El listado de morosos es obligatorio cada año en una comunidad verdad??,entonces tiene que existir,porque hay morosos,me refiero en mi antigua comunidad??.
De verdad que estas cosas sólo me pasan a mí......
Espero que alguien me resuelva mi nuevas dudas.
Muchas Gracias.
P:D:Sí,tengo un abogado pero él a veces no me entiende y entonces dice que le pongo la cabeza como un bombo y ya no hay nada más que hacer.
Inciso:
Cuando digo que no ha vencido,me refiero a que están pasando todavía recibos de la derrama.(os recuerdo que eran 5 años de derrama,cinco año girando recibos)
Saludos..........
Elena, recuerda que tú mismamente pusiste una clausula a la hora de vender el piso, haciendote cargo de la deuda, si es que los Tribunales decidían atribuirtela.
Por otra parte, lo que pueden reclamarle de lo antiguo, al nuevo propietario, es el año vencido y el corriente, según la fecha de compra. Y los recibos posteriores, supongo. Pero cómo tú asumiste la presunta deuda cómo tuya, pues tuya es. Y cómo los nuevos propietarios, pueden demostrar que eso es así, pues la comunidad habrá pensado que para qué más juicios. Que ya pagarás, vamos.
Bueno....vale ahora en serio (casi):
1. A ti te han condenado a pagar. Pero... ¿Te ha reclamado "oficialmente" la comunidad, el cumplimiento de la condena?
2. ¿Para qué quieres el listado de morosos?
3. No entiendo por qué dice tu abogado que le pones la cabeza cómo un bombo. (je, je) ¡A ver! Que alguien me lo explique.
Saludos.
En uno de los mensajes Dick turpin decía:
"Al respecto opino que si han ejecutado unas obras en beneficio de su propiedad, no creo que tenga la razón moral al sostener que le corresponde al propietario anterior asumir el coste de una reparación o mejora que va a disfrutar USTED y no él.
Podría interpretarse que debería asumirla él porque fue él quien aprobó la misma y consecuentemente debería asumir el coste, pero MORALMENTE HABLANDO ¿quien lo disfruta?
Cuando menos sería discutible. "
Desde mi punto de vista, si las obras son añadir valor a la propiedad, estoy de acuerdo en que el pago sea a cargo del comprador (Ejemplo: construcción de una piscina, instalación ascensor). Pero si las obras consisten en reparaciones que no añaden valor a la edificación el cargo debe ser a cargo del comprador .
Y en ambos casos el comprador siempre debe saber de la existencia de la derrama sea exigible o no en el momento de la compra de la vivienda. Evidentemente el precio de la vivienda puede variar sustancialmente dependiendo de la cantidad de dinero de la que estemos hablando.
A ver,efectivamente......alienigen@,pero......ahí está el tema eso es una claúsla privada entre nosotros,en un contrato privado,entre nosotros,con esto que quiero decir,que la administración Por ley,anualmente pone un listado de morosos en la comunidad,y yo ya no soy la propietaria por lo tanto,ellos no pueden tomarse la licencia y pasarse por las narices la LPH,y reclarme a mí,por una claúsula mía y del otro propietario,el resto de la derrama,es más a mí lo que me reclamaron en juicio fue el año natural y el inmediatamente anterior a la derrama,nada más:)es decir el resto de la derrama a alguien tienen que reclamárselo o que pasa que ya no se la reclaman a nadie,pero al banco todos los meses hay que pagársela,y quién se la paga??,y después a quién se la reclaman??,además a mi el único que me puede reclamar esa derrama es al que le vendí el piso,nadie más,pero a él por ley se la tiene que reclamar la administración en nombre de la comunidad.........
El que vaya en contra, no quiere decir que tenga o no tenga razón, simplemente es una opinión. Al igual que es mi opinión lo dicho anteriormente, tenga o no tenga razón. Y como dice Dick... cuando menos sería discutible
Y creo que independientemente de todo,pues ya ves la ley para lo que ha servido en mi caso,he demostrado que por mucho que diga la ley,en mi caso,recalco,ni se aplica cuando se debe,y se aplica cuando se quiere:),por la tanto cada cual que opine lo que quiera,yo sé lo que me ha tocado vivir,y sufrir y por eso igual soy un tanto intransigente con el tema pero sinceramente me doy esta licencia,pues el calvario lo tengo yo,y yo repito he sido la víctima,pero no por desconocimiento,sino por engaño,y a cualquiera en mi caso te aeguro que esto le hubiera pasado;)y mira por donde me tocó a mí,a la Legal de turno:)
A ver, Elena Lopez, dices:
" a mí lo que me reclamaron en juicio fue el año natural y el inmediatamente anterior a la derrama, nada más"
Me lo expliques, porque yo creo (o creía) que en ese periodo se incluye la TOTAL y famosa derrama vencida, aunque los pagos fueran aplazados mensualmente hablando.
PD.- Mis abogad@s dicen que yo no necesito abogado, en lo que a mi caso se refiere, pero bien que me cobran y cobrarán.
Ah, además (los mentados abogad@s), me dicen que tengo razón en todo lo que les digo pero luego no se atreven a dejarme hacer lo que quiero. Aunque todo se andará.
Pues así es allienígen@,vaya controversia verdad??,pues sí,a mi me han condenado a pagar de la derrama:año 2002(desde marzo que se empezaron a girar los recibos, y año 2003,nada más:)eso fue lo que reclamó la administración cuando me demandó,y a eso me condenó la audiencia:)...............vaya lío eh????
Querida extremeña:
Pues si te pusieron la demanda en el 2005, creo recordar, ¿Cómo es que no te reclamaron hasta esa fecha ó, al menos, hasta que vendiste el piso?
De todas formas tú te comprometiste con el comprador, pero claro si a él no le reclaman....él tampoco te va a reclamar a tí....así que....¿Qué?
Nos vemos.
Querido allienígen@,después de estar postrada en cama dos días(gastroenteritis vírica;(),te contesto ahora,porque antes no he podido;).
A ver... en cuanto a tu primera pregunta:
pues porque yo vendí el piso en 2005 también y por ley ellos ahí si cumplieron,es decir,a los nuevos propietarios también les corresponde el año natural e inmediatamente anterior de la deuda una vez que escrituraron,con independencia de mi claúsula privada,eso cosa nuestra,y efectivamente como tú dices hasta que a ellos no se la reclame la administracíón, ellos no pueden reclamárle a mí,pero en un juicio la administración si se lo reclama a ellos, los nuevos propietarios no hacen nada con mi claúsula, de cara a ellos,sino ellos yendo contra mí.Pero bueno el caso,no es ése,yo noy a hacerles a los demás lo que a mi me han hecho,la historia es :
Que estando el tema como está,a día de hoy tienen que reclamárle a alguien el resto de la dedua,pues, imagínate,a mi me han condenado a pagar:2002 y 2003 de la famosa derrama,pero queda 2004,2005,2006,2007,todos esos años y dinero a quién le corresponde??,por ley al nuevo propietario,entonces si a mí nada más irme a vivir allí,me ponía en la lista de morosa cada x tiempo,en el famoso listado,es que ahora no lo va a hacer la administración??,no tiene sentido,de ahí mis preguntas.