Si estoy casada en régimen de separación de bienes,y sin testamento,ni ascendientes ni descendientes ni hermanos ni tíos,mi marido heredaría todo o solo el usufructo de dos tercios?
Anónimo
29/12/2024 22:07
Si estoy casada en régimen de separación de bienes,y sin testamento,ni ascendientes ni descendientes ni hermanos ni tíos,mi marido heredaría todo o solo el usufructo de dos tercios?
Muchisimas gracias, concretamente del inmueble del que hablo, mi tia no tenia documentos ni escrituras y nunca las hubo ya que se trata de una casa en zona rural de mas de 100 años. En su dia ella si pudo poner a su nombre en el catastro una tierra que anteriormente estaba a nombre del primo fallecido y con el tiempo esa tierra se inscribio en el registro de la propiedad ya que cuando hicieron concentracion parcelara el propio ayuntamiento realizó escritura pública de todo. La tierra se ha transmitido a mi nombre y se han pagado los impuestos correctamente. Pero me temo que la casa como usted dice, es más complicado probar la transmisión. Tambien me han sugerido que puedo hacer escritura de adición a la herencia pero pasaria lo mismo ya que probablemente el notario pediria un expediente de dominio para probar correctamente a quien pertenece. Gracias y saludos
Parece desprenderse de su relato que su tía murió dejándole como heredero (también) el piso donde vivía. No tiene usted ningún derecho sucesorio con respecto al titular del inmueble fallecido en el año 1991, puesto que no enlaza en cuarto grado (sí su tía) con el finado. Por lo tanto, su situación con respecto al inmueble depende de cuál fuese el grado de conexión de su tía con el mismo y cuál sea la herencia que le ha dejado a usted. Ambas cosas (probar que se ha poseído en concepto de dueño y dejar en herencia el inmueble) son incompatibles entre sí puesto que su tía no adquirió la propiedad como para dejarla en herencia, y para solapar los periodos de prescripción adquisitiva es precisa la conectividad jurídica entre los sucesivos poseedores. La conclusión es que ha de llevar usted lo que tiene a un profesional que evalúe tanto la prescripción como el alcance del título sucesorio. Si no dispone de testamento muy claro, el cómputo de la prescripción comenzaría a correr desde que su hijo se hizo con el inmueble.
Un primo de mi madre murio en 1991 sin testamento y nadie hizo sucesiones. Mi tia se hizo cargo de su inmueble y actuo como dueña. Ahora yo soy heredero universal de ella. La pregunta es, podria ceder mis derechos posesorios o hereditarios de mi tio fallecido en 1991 a favor de mi hijo para que pueda el usucapir y mantener los años acumulados? Y esto se hace por documento privado o publico en notatio? Hay que pagar impuesto de donacion? Gracias.