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Caso sobre compra-venta.

6 Comentarios
 
02/03/2011 00:07
gracias por tu aporte.

Aun tengo muchas dudas, sobre todo en la pregunta 5 y 6, que o estoy errada o la respuesta es la misma.


Saludos
01/03/2011 01:50
Simplemente por intentar darte otro enfoque...
01/03/2011 01:49
Yo te ayudaría, pero hace mucho que hice obligaciones, y además, la mayoría de lo que dices me parece correcto..

Quizás comentarte (como simple opinión) que la actuación de la enfermera se puede interpretar como violencia, pues no permite al señor comunicarse con sus familiares (no le deja hacer lo que quiere), y en ese caso el plazo de caducidad empezaría desde el momento en que deje de actuar así. Por lo tanto, si el hombre muriese y no hubiese podido ejercitar esa acción, los sobrinos, como hipotéticos herederos (si el hombre no hubiese hecho testamento ni tuviesen padres, claro) estarían legitimados para ejercer dicha acción. Al menos desde mi punto de vista.
28/02/2011 23:35
pues eso, me gustaría saber vuestras opiniones sobre mis respuestas.
23/02/2011 19:43
Seguimos. Mas cosas.

5.- Creo que puede ser SANA por medio de la CONFIRMACIÓN.

6.- Los mismo, recibiría en nombre de CONFIRMACIÓN.

7.- Alcanzaría su firmeza cuando se produzca la prescripción de la acción de ANULABILIDAD.

8.- Estaría sometida al Plazo o termino, que es la muerte de Arturo.


poco a poco.
23/02/2011 18:02
Estoy trabajando en ello, y la duda que tengo es si el TERMINO como elemento accidental del contrato ( la eficacia del contrato comienza con la muerte de Arturo), afecta o no a las acciones y demas.

De momento esto es lo que tengo , ¿esta bien?, ¿que os parece?.


1.- La anomalía del contrato entiendo que el el Dolo como vicio de la voluntad.

3.- Me parece correcta la ACCIÓN DE ANULABILIDAD, con un plazo de 4 años, contados desde el momento de la consumación del contrato por dolo.

4.- Legitimado es solo ARTURO, quien es quien ha sufrido el vicio del consentimiento.

8.- Entiendo que esta sometido al TERMINO.



Pues eso, sigo trabajando y espero vuestra colaboración.

Caso sobre compra-venta.
23/02/2011 01:18
Me han puesto un caso, y me gustaría saber vuestras opiniones para ir contrastando

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Caso.

Arturo, (anciano de 90 años, soltero y sin hijos, con la cabeza perfecta pero sus facultades físicas muy disminuidas) vive en un piso señorial de la calle Alfonso XII, con vistas al Retiro. Con la ayuda de sus sobrinos carnales, (Beatriz y Carlos) contrata a una enfermera, Dolores, para que le cuide y gobierne la casa de Arturo.

Beatriz y Carlos quieren especialmente a Tío Arturo: le visitan con frecuencia, le llaman y en la mediada en que la salud de Arturo lo permite, le sacan de paseo.

A los pocos meses de haber entrado Dolores a trabajar, a Beatriz le encargan un trabajo urgente fuera de Madrid donde todos residen. Cuando va a despedirse de su tío, Dolores le bloquea la entrada alegando que se acababa de dormir y que había pasado muy mala noche.

Mientras, la casualidad hace que Carlos se rompa una pierna de tal modo que, tras una delicada operación, ha de guardar reposo por varios meses.

Cada vez que Beatriz y Arturo tratan de hablar con su tío, la enfermera intercepta las llamadas y con excusas, evita ponerles en comunicación con su tío. Siempre con buenas palabras para que no sospechen de ella.

La enfermera Dolores convence con engaños al viejecito de que la única persona que se preocupa por él es ella, que sus sobrinos no le quieren y le tienen abandonado. Así las cosas, Dolores le propone comprarle por un precio muy conveniente para ella, el piso del anciano. Arturo y Dolores acuerdan que la eficacia del contrato comience a la muerte de Arturo para que así éste no vea perjudicado su modus vivendi.

Al poco tiempo de haber escriturado el contrato en documento público, Arturo, Beatriz y Carlos descubren el pastel y te consultan:

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1.- ¿Padece dicha compraventa de alguna anomalía? En su caso, señala cuál.

2.- En consecuencia, ¿acarrearía algún tipo de sanción jurídica? ¿Cuál y porqué?

3.- ¿Qué tipo de acción se podría interponer y durante cuánto tiempo?

4.- ¿Quién o quiénes estarían legitimados para interponer acciones?

5.- La compraventa objeto de la consulta, ¿sería susceptible de ser "sanada"? ¿Porqué?

6.- ¿Qué nombre recibiría dicha "sanación" jurídica?

7.- ¿Existiría otro modo para que el negocio alcanzara firmeza?

8.- La referida compraventa, ¿estaría sometida a algún elemento accidental del negocio? Señala la clase con todas sus notas.

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Bueno es, gracias por vuestro tiempo y ayuda.