Al objeto de que le asesores en la elaboración de todas y cada una de las liquidaciones tributarias que procedan con independencia de quien tenga que realizarlas, tu cliente te proprociona la siguiente información:
- Yo soy hijo único y mis padres fallecieron hace tiempo pero tengo un tío (Epifánio), que ha fallecido hace dos meses. Mi tio tiene dos hijos gemelos, Grabiela y Luis, de 50 años de edad, que son herederos forzosos, aunque en su testamento se ha acordado de mi.
- La herencia de mi tio consta de los siguentes elementos:
a) Vivienda habitual de mi tio, de 350m, con un valor catastral comprovado por la administración de 200.000€.
b) Finca Rustica de 15 hectáreas dedicadas al cultivo del melocotón fomando parte de una explotación agricola. Ha sido valorada por la Adminsitración en 500.000€.
c) Piso en Cáceres, con un valor catastral de 75.000€, po lo que conforme a las normas sobre valoraciones fiscales y el portal tributario de la Junta de Extremadura le corresponde un valor mínimo de 175.000€. El piso fue comprado pocos meses antes de morir mi tio y la Adminsitración lo valoró en 190.000€ una vez comprobado el valor.
d) Dinero en cuentas bancarias por importe de 100.000€.
- El testamento de mi tio es muy claro, deja a mis dos primos todos sus bienes por partes iguales, excepto el piso en Cáceres y 35.000 €. Este dienro y la mitad del piso de Cáceres es la herencia que me deja mi tio Emilio, la otra mitad del piso corresponde a mis primos. Les pongo una condición y es que construyan un pequeño panteón de 30 metros cuadrados en mármol de Macael y paredes interiores forradas de madera, finalmente la factura que pasa la funeraria alcanza los 25.000€. Yo aún consevo la factura que pagué por el funeral de mis padres (unos 3.000€).
- Una ver que repartimos la herencia recibí una tentadora oferta de mis primos, están dispuestos a pagarle 90.000€ por su parte del piso de Cáceres y aceptan la venta.