Antes que nada dar las gracias por las respuestas. Una última cuestión, ¿puede adjudicar la vivienda a un de los descendientes en perjuicio del otro?, ¿tendría derecho el otro hermano a reclamar?
Coincido completamente con mosca cojonera. Se adjudicó la vivienda tras la liquidación del régimen de gananciales, por lo que teniendo el pleno dominio, puede disponer de la vivienda como desee.
Los bienes que forman parte de la herencia son únicamente, los que consten a nombre de su padre: otros inmuebles, vehículos, participaciones sociales, acciones, joyas, dinero metálico....
Entiendo que al hacer la separación de bienes, la casa se adjudicó a su madre porque su padre se quedaría con otros bienes equivalentes.
Entonces, siendo su madre la propietaria actual de la casa, puede hacer lo que quiera con ella, puesto que ya no pertenecía a su padre y al no formar parte de sus bienes no entra en la herencia.
Que alguien me corrija si me equivoco.
Buenas tardes:
Mi padre ha fallecido hace unos meses y la vivienda que tenía mi padre y mi madre está a nombre se esta última.
En principio la casa estaba en separación de bienes, pero hace cuestión de unos 10 años que mis padres hicieron separación de bienes y la casa se puso a nombre de mi madre.
Ahora, la casa la quiere vender, repito, las escrituras están a su nombre. Comentar que también tengo otro hermano, es decir, somo dos.
¿Puede vender mi madre la casa sin nuestro consentimiento? En caso de venta ¿podríamos tener algún derecho?