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carta de despido

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
15/04/2010 09:15
Complicado, entre otras causas el trabajador puede rescindir su contrato por falta de pago o retrasos continuados en el pago de su salario.
Si continuas en esa situación puedes hacerlo con derecho a desempleo e indemnización de 45 días/año hasta un máximo de 42 mensualidades.

Espero haberte ayudado.
15/04/2010 12:50
"entre otras causas el trabajador puede rescindir su contrato por falta de pago o retrasos continuados en el pago de su salario"

Y esto que tiene que ver,no ha dicho que le deban atrasos ni que no le paguen,solo que han pactado el despido.

Vamos muy tonto hay que ser para dar finiquitada una relacion laboral con estos trapicheos si la empresa te debe dinero.

Se demanda y ya se cobrara del FOGASA si es menester.