En efecto, los terminos del testmento le permiten a la viuda el tercio de libre disposición más el usufructo del tercio de mejora..pero lo que yo quiero saber es si la jueza puede negarse a una capitalización del usufructo: es decir que los herederos le paguemos a la viuda su parte, y sacarla de la casa de nuestra infancia.
cierto, pero podríamos hablar de algo parecido a la cautela soccini, por la cual, el viudo se queda con en usufructo del 100% y a cambio se les cede la herencia íntegra a los hijos...
Artículo 808. Redacción según Ley 41/2003, de 18 de noviembre.
Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.
La tercera parte restante será de libre disposición.
Artículo 813. Redacción según Ley 41/2003, de 18 de noviembre.
El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley.
Tampoco podrá imponer sobre ella gravamen, ni condición, ni sustitución de ninguna especie, salvo lo dispuesto en cuanto al usufructo de viudo y lo establecido en el artículo 808 respecto de los hijos o descendientes judicialmente incapacitados.
Artículo 834. Redacción según Ley 15/2005, de 8 de julio.
El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.
Si estais en comunidad de derecho común, no puede tener el usufructo universal. Como mucho, sería su cuota vidual (usufructo de un tercio) mas el usufructo del tercio de libre disposición.
En cuanto a la capitalización del usufructo, no podeis obligarla a hacerlo, es ella la que puede elegir entre utilizarlo ó capitalizarlo.
Mi padre murió hace cinco años. Acabamos de demandar a la viuda (segunda esposa que tiene por testamento, el usufructo universal) para por via de juico cobrar nuestra legitima. Mi pregunta es: ¿la jueza nos permitirá a nosotros, los herederos (dos hermanos) capitalizar este usufructo y echarla de la casa, que en apariencia es su vivienda habitual?