Hola, Si fallece el padre ¿la madre puede cancelar la cuenta que tienen indistinta?
Tengo entendido que el banco no le puede impedir retirar efectivo. Pero no tengo claro que pueda retirar efectivo, cancelar esa cuenta, abrir otra cuenta e ingresar ese dinero solo a nombre suyo sin haber hecho ni reparto y sin el permiso uno de los herederos legales.
Entre el fallecimiento y la cancelación de la cuenta han pasado mas de 3 años en los que dos de los herederos y la madre se han negado a hacer ningún reparto. En este tiempo el saldo ha bajado y la cuenta se ha cancelado, blanco y en botella.
Agradecería algún consejo para no equivocarme a la hora de actuar, me cuesta enfrentarme pero yo también tengo mi propia familia y siento que lo que ya no está también les pertenece por mi parte.
Gracias.
Siendo titular indistinta, puede retirar el dinero que quiera (incluso todo) y cancelar la cuenta sin que el banco de lo pueda impedir.
Por supuesto que abrir una cuenta e ingresar dinero, lo puede hacer todo el mundo.
Cuestión diferente es la responsabilidad que tenga ante los herederos, ahí no puede entrar el banco. Si antes de la partición y adjudicación, retira fondos que formen parte de la herencia, sin acuerdo con los herederos, podría tratarse de una apropiación indebida. Dada la volatilidad del dinero, es muy importante que los herederos reaccionen rápidamente, requiriéndole para que reintegre lo indebidamente retirado y, en su caso, presentar la correspondiente denuncia.
Cuando se haga la relación de bienes gananciales, se incluye el saldo de esa cuenta a fecha fallecimiento del marido, como un bien mas. Se divide entre dos, puesto que el 50% del total corresponde en propiedad al conyuge viudo (eso no quiere decir que sea el 50% de uno a uno todos los bienes, sino el 50% del total, por lo que se le puede adjudicar el 100% del saldo de las cuentas corrientes, como parte de sus gananciales) y el otro 50% se reparte.
Las respuestas han sido muy valiosas, gracias de nuevo. Tendré que pensar y decidir esperando no equivocarme. En una notaría me aconsejaron no hacer el reparto total hasta el fallecimiento del cónyuge, de edad avanzada, para no hacerlo dos veces. El problema es que al ser una comunidad en la que el fallecido puede no dejar nada a uno de los hijos sin tener que dar ninguna explicación, si aprieto el botón verde y empiezo la disputa puedo ser desheredado aún a riesgo de que lo sea sin haber puesto en marcha la reclamación de esa cuenta. Estoy atrapado entre mis descendientes por no reclamar lo que en un futuro puede ser suyo y consentir lo que no debo consentir.
Muy agradecido y les deseo un próspero 2021, creo que todos nos lo merecemos.