Cuando el Notario os haga la escritura de Aceptacion de Herencia, debereis llevarla al Registro de la Propiedad donde figure la vivienda y allí inscribiran a los nuevos propietarios. Es posible que el mismo Registro lo notifique al Ayuntamiento para que modifique la titularidad de la vivienda y así cambiar los datos en el recibo del IBI.
Mi padre falleció en Madrid, dejando casa y testamento del uno para el otro.
Debemos cambiar el titular del recibo del IBI a nombre de la viuda? Debemos comunicarlo al registro de la propiedad