Mi padre falleció en Madrid, dejando casa y testamento del uno para el otro.
Debemos cambiar el titular del recibo del IBI a nombre de la viuda? Debemos comunicarlo al registro de la propiedad
Cuando el Notario os haga la escritura de Aceptacion de Herencia, debereis llevarla al Registro de la Propiedad donde figure la vivienda y allí inscribiran a los nuevos propietarios. Es posible que el mismo Registro lo notifique al Ayuntamiento para que modifique la titularidad de la vivienda y así cambiar los datos en el recibo del IBI.