No estoy para nada, pero absolutamente nada de acuerdo. Pero más que lo que yo piense, es lo que tiene y tendrá clarísimo hacienda.
Primero es que para cerrar la cuenta debía haber un reparto de la herencia, y haber firmado el resto cómo se repartían las propiedades, si no no se puede cerrar: las cuentas se bloquean con el fallecimiento y se siguen cobrando los recibos hasta que haya reparto. Si pudo cerrar la cuenta es que se la asignó ella en reparto, ¿tenía que seguir pagando ella el IBI de todos? ¿A santo de qué?
Pero de todas maneras es que si los otros hermanos sois herederos también y os habéis asignado también una parte de esa vivienda, las obligaciones fiscales son vuestras, y os corresponde satisfacerlas a vosotros. Si la vivienda se heredó, deben pagar el IBI los herederos, no la cuenta del fallecido una vez se ha repartido la vivienda.
Hacienda habrá notificado el recibo y después la sanción a quien sea de entre los herederos, pero la obligación fiscal era vuestra como propietarios, y el incumplimiento en el pago es de todos, ¿o no se sabía que se había heredado una vivienda y que eso paga IBI? El "es que yo no sabía que tenía que pagar" en hacienda no funciona. Esa deuda es todos, y tenéis que pagarla todos. Y si se ha vendido la parte indivisa, pues con el nuevo propietario lo mismo que si fuera el anterior.
Hola paquito xocolatero
Somos cuatro hermanos dos con un tercio y las otras dos con la legitima
Hasta que mi hermana cancelo la cuenta de mi padre ya fallecido el banco, por que a ella la salió de los bemoles se pagaba la comunidad y el IBI de la cuenta de el pero al cancelarla la comunidad de Madrid ósea el ayuntamiento al ser ella quien la cerro pues quedo como titular y que paso que el ayuntamiento la empezó a querer cobrar a ella los recibos del IBI y ella nunca a querido pagar ni nos a comunicado a los demás hermanos de que eso se debía de pagar ni que había cerrado la cuenta ni que había quitado la luz del piso y el gas ciudad
Yo me he puesto en contacto con el ayuntamiento de Madrid ya que vivo en Extremadura y me han dicho siempre que ella rezaba como titular y que es ella si o si la que tiene que pagar esos recibos puesto que al no pagarlos ha generado una multas y que estaba en vía de apremio y que es ella si o si la que tiene que pagar
he hablado con una amiga abogada y me ha dicho que eso a mi no me lo pueden exigir ahora pues fue ella la que genero esas deudas lo que pasa que si cuela pues mejor pero que para nada tengo yo que pagar algo que fue ella la que lo oculto y al vender su parte ahora desaparece de el registro por una nota simple que he pedido y estos señores se han puesto los últimos en la lista del ayuntamiento además estos señores han comprado una parte del piso con cargas
pues bueno ya me dirás que te parece
Un saludo
No, tu hermana no debe eso, ambos debíais eso. Sea quien sea el titular todos los propietarios están obligados al pago. Lo que te dicen parece correcto, intenta ponerte de acuerdo con el nuevo propietario para pagar a medias.
Hola
Se puede cambiar una titularidad del ibi sin preguntar
El caso es que mi hermana estaba de titular y debe los años 2020, 2021 y 2023 ella no los ha pagado y ha vendido su parte a una empresa de proindiviso y ahora me llega una carta a mi diciendo que ahora soy yo el titular y que debo pagar eso que se debe
pues estoy de primer titular sin embargo mi hermana reza que es titular del año 2023
Cuando debería ser titular la empresa que ha comprado la parte de mi hermana pues lo ha comprado sabiendo que eso no esta pagado
Espero haberme explicado bien pues esto es para alucinar
un saludo