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Cambio de titularidad de vivienda.

3 Comentarios
 
Cambio de titularidad de vivienda.
perfil cAu
11/04/2011 13:00
Hola, buenas tardes.

Hace unos días me llamó mi prima para que le echase una mano con un piso 'suyo'. Me llamó porque soy Ldo en Derecho, lo cual no significa que yo tenga que dominar a la perfección temas de esta índole.

El caso viene a ser el siguiente:

Esta mañana, he pedido nota simple en el Registro de la Propiedad y me encuentro con lo siguiente:

Titular del usufructo: tía de mi prima de nacionalidad belga y fallecida en Francia.

Titular de la nuda propiedad: madre de mi prima. Fallecida en España.

Mi prima dispone de: certificado de defunción de su madre (titular de la nuda propiedad), testamento de su tía, escritura de la vivienda. Pero no consigue hacerse con el certificado de defunción de su tía, lo ha pedido a familiares pero no le hacen mucho caso.

Había pensado en visitar la embaja o consulado de Francia en España pero antes lo expongo aquí para que se debata.

¿Qué debo hacer? Mi prima (titular) quiere vender el piso pero sin estar a su nombre, como es lógico, es imposible.

Muchísimas gracias,
Esta tarde me reúno nuevamente con mi prima para que me facilite todos los documentos que tenga y si ya hay consejos por aquí se los comentaré, muchísimas gracias, espero escribir en unos días/semanas para decir como solucioné el asunto.
11/04/2011 15:48
No recuerdo dónde está (ley o reglamento hipotecario), pero los herederos pueden transmitir la finca directamente a un tercero sin que tenga que figurar a su nombre en el Registro. Seguro que alguien con mejor memoria y más tiempo te lo dice...
Eso sí, deberán creditar esa condición de herederos.
perfil ABQ
11/04/2011 18:17
En primer lugar, puede tramitar su herencia (adquirida de su madre) en cualquier notaría. Creo recordar que por la doble remisión que hacen las legislaciones francesa y española, al final se aplica la española. El notario puede confirmarlo. En cuanto al escollo del usufructo, esto en realidad no afecta a la herencia, únicamente hay que acreditar el fallecimiento ante el Registro de la Propiedad y, a través de una instancia, liquidando el impuesto de sucesiones, solicitar la consolidación del dominio por extinción del usufructo. El certificado de defunción creo que es posible obtenerlo a través del consulado (bien en el francés, o en el belga). Si no, allí podrán dar información de cómo conseguirlo dirigiéndose al Registro correspondiente.
perfil cAu
11/04/2011 21:37
El problema está ahí...que hay que acreditar la muerte de la tía y no sé como conseguir el certificado de defunción.