Una cosa es entender, y otra compartir esa opinión, y si no se distingue eso entonces sí que se tiene un problema.
En cuanto al de Brunéi, desde hace años, después de ver cómo "educa" a sus niñitos, yo no le dejaría ni mi bicicleta. Harías bien en no firmar nada de nada.
Lo que parece claro que no se entiende -porque ni se quiere entender- por parte de algun@s es que no es lo mismo desplazarse cinco km. que 500, ni pasar de vivir en un barrio marginal a una VPO, por ejemplo. Pero da igual, los santos defensores de los derechos del mayor sólo entienden que si cambias de número en la calle ya se debe perder la custodia.
Dice Vthor "el no custodio va a pedir un cambio, y si se ve razonable con aceptarlo no hay que darle mucho dolor de cabeza a los jueces, que hay otras cosas en los juzgados además de problemas de pareja."
Los jueces deben autorizar que los menores cambien de domicilio (junto con el custodio) por tanto hay que darles el dolor de cabeza que corresponde al interés de los menores, que es lo que se dirime, no el derecho del custodio a irse donde quiera (sin los menores) y por tanto el no custodio no pretende nada del custodio, simplemente reclama el derecho de los menores a permanecer en su ambiente habitual... y si un juez decide un cambio de custodia...es por EL INTERES DEL MENOR no por resolver PROBLEMAS DE PAREJA.
alguien me puede ayudar me lleve a mi hija a vivir a 37 km de mi ciudad mi ex la ve cuando le toca la unica condicion q me puso es vender la casa y ahora me viene con el cuento q si de aqui a diciembre no se vende tomara medidas para compartis la custodia en aragon hay custodia compartida q puedo hacer
Primero decir que:" que el juez deberá decidir sobre cualquier traslado del menor (no del padre o de la madre) sino del menor,si los padres no están de acuerdo en ello.".No es una opinión ,es lo que hay.
Si no se está de acuerdo ,es una postura que no tiene ningún reproche ,el estar de acuerdo o no depende de cada uno .
Yo tampoco estoy de acuerdo con muchas cosas y son las que hay ,por poner ejemplos :
No estoy de acuerdo en que los menores de tres años no puedan pernotar con el padre (y por regla general es así).
No estoy de acuerdo en que el domicilio familiar no se liquide en el momento del divorcio ,y que si la parte custodia lo pide se le conceda el uso ,para que los niños no cambien de casa....etc .etc
Discutir si se está de acuerdo o no ,puede ser una manera de desahogarte ,pero lo que es , es.
Eso de que el juez debe decidir sobre cualquier traslado del menor debe ser nuevo. Que yo sepa sobre el menor siempre deciden sus padres, y si no se ponen de acuerdo entonces el juez, como en tantos temas, se mete.
No sabía yo que ahora la custodia y patria potestad la tuviera un juez y los padres fueran simples peones, pero si ustedes lo dicen... así será... puede que en su imaginación.
Por eso siempre que uno pida una modificación y el otro acepte, es absurdo ir al juez cuando hay acuerdo.
Pero nada, siempre habrá talibanes de lo judicial que querrán seguir visitando los juzgados hasta para decidir el color de los calcetines del niño cuando vaya al cole... están en su derecho, supongo.
Vthor, si existe sentencia y ambas partes están de acuerdo en modificar algo que regule la sentencia no es correcto variarlo sin tramitarlo a nivel judicial. Si lo hicieran no tendría ese acuerdo valor legal y además estarían ambos infringiendo sentencia judicial.
Ni idea de donde saca Vd. "No sabía yo que ahora la custodia y patria potestad la tuviera un juez y los padres fueran simples peones, pero si ustedes lo dicen... así será... puede que en su imaginación."
Sí es cierto que cuando los progenitores no llegan a un acuerdo sobre guarda y custodia de los menores es el juez quien decide tras oir a las partes...y el resto corre de su imaginación.
No sé si se ha percatado de cuánto me importan sus opiniones, y sus repeticiones un tanto obsesivas, pero por esta vez, y sin que sirva de precedente le expondré la realidad aunque soy consciente de que no bajará de la nube donde suele habitar ni medio metro.
Dice usted: "Los jueces deben autorizar que los menores cambien de domicilio (junto con el custodio) por tanto hay que darles el dolor de cabeza que corresponde al interés de los menores, que es lo que se dirime"
Y yo le digo, y le reitero, que si los padres -ambos dos- se ponen de acuerdo y deciden que se mude de aquí para allá, al juez ni le va ni le viene. Y de paso, dejamos que dedique su tiempo a otros menesteres, saliendo beneficiados todos: padre, madre, menor, los abuelos y hasta los Reyes Magos que no se perderán por el camino.
Según usted, hacer eso sería "incumplir una resolución judicial".... ¿y?... ¿quién va a denunciarlo o querellarse?, ¿el vecino del quinto donde se mudan tal vez?... ¿lo consideraría usted persona con interés legítimo en el asunto?...
Pues de ahí lo dicho: que le juez no tiene ni la custodia ni la patria potestad, así que si los padres están de acuerdo en algo sobre su hijo, los demás a tocar la flauta al parque.
Todo ello, claro está, salvo perjuicio claro y evidente del menor, como ponerle a recoger chatarra a los cinco años sin ir al colegio. Pero esos son otros casos muy diferentes de los que aquí se tratan.
Usted, en su afan por judicializar hasta el mínimo detalle, olvida que cualquier relación entre padres beneficia al menor si se hace de mutuo acuerdo.
Pero como digo, no pretendo bajarle de su nube, ya se dará cuenta con el tiempo de que hay otro mundo fuera de los jugados.... espero.
Pues va a ser que yo tengo la misma flojera mental que Vthor, si acaso él la tiene, porque estoy de acuerdo en que si los dos, padre y madre, están de acuerdo en dicho traslado, a santo de qué perder tiempo y dinero y dar trabajo a los juzgados.
De todas formas, el tema de la residencia habitual es muy relativo a mi modo de ver por lo escueto de muchas sentencias y si a eso añadimos lo más importante: el interés del menor en dicho desplazamiento.. la controversia está servida.
A nivel judicial el juez resolverá pero ¿sabe el juez realmente lo que va a pasar a posteriori? ¿sabe qué cambio le va a ir mejor o peor a cada niño? Claro, ahora vamos a resumir lo que es ser 'persona' en cuatro datos.
Pues no sé uds. pero yo me considero bastante más compleja como ser humano que lo que aquí se pretende hacer creer y no creo que un juez sea nadie para entrar a valorar qué cambio va a ser mejor o peor porque, para empezar no conoce a ningún menor ni a ningún adulto, ni tiene por qué conocer el lugar concreto con sus características del traslado ¿O tb va a ver el lugar de trabajo, la casa, el barrio, el colegio, los futuros amigos? ¿sabe si ese niño va a dejar de tener contacto con sus amigos anteriores? etc etc ¿todo eso lo va a ver antes de que pase, si lo autoriza, claro? Pero, aunque no lo autorizara, ¿tiene forma de saberlo? jajaja Pedazo poder tienen los jueces.
Cuando no se lee es muuuuuuuuuy dificil entender, cuando se sacan frases de contexto es muuuuuuuuy facil manipularlas, cuando se tiene una soberbia y una prepotencia tal que se es incapaz de reconocer cuándo se mete la pata hasta el corbejón, aunque esta metedura quede patente, es muuuuuuuuuuy dificil dialogar con nadie.
Se puede tener distinta opinión y escuchar o leer lo que piensan los demas sin manipular.
Nos ha quedado claro a todos que el no custodio, vamos el padre, tiene menos derechos sobre el hijo que una probeta ¿no? Y que esto, por supuesto, no afecta al hijo ¿no? Y que como lo mas importante del mundo mundial es el hijo (a la madre y al padre que les den) el que tomará la decisión del desplazamiento será el menor ¿no?
¿O eran los abuelos los que tomaban la decisión? A fin de cuentas se dice qie son los que están mas tiempo con el menor...¿O el señor del mazo?
La custodia y la patria potestad es de los padres, NO DEL MENOR, las decisiones las deberían tomar los padres NO EL MENOR.
EL MENOR es importante en su sitio y los padres en el suyo.
De nada me vale que un progenitor tenga en una peana al menor, lo lleve en parhuelas y lo bañe con agua bendita todos los dias si desprecia, ningunea y humilla constantemente al otro progenitor.
Así no se mira por el bien del menor. Por delante de todo está la dignidad de los padres, de rebote viene la de los hijos.
Como dicen en mi pueblo: "Cuando seas padre comeras huevos".
Tiempos mejores: Cuidado con las ironías, que hay quien no las pilla; y cuando lo hace las toma como insultos o alucinaciones.
Repito la frase ,ya que veo que las personas no entienden ,no quieren entender o no leen ,o no entienden lo que leen .(Y con esto doy yo por zanjado el tema).
"que el juez deberá decidir sobre cualquier traslado del menor (no del padre o de la madre) sino del menor,si los padres no están de acuerdo en ello".
La frase está copiada tal cual lo puse .
Analicemos para las mentes cortas.
El juez (sujeto) deberá decidir (verbo))sobre cualquier traslado (¿de quien?) del menor (cuando) cuando los padres NO ESTÁN DE ACUERDO EN ELLO.
Mirar más claro no lo sé poner..
Ahora si Vthor quiere que comente ,las inclemencias del tiempo,o lo que él guste .
Queda sobradamente demostrado que no lee ,que es un manipulador y que menos mal que no tiene hijos ,ni se ha divorciado por que es una persona (como hay más de uno/una ) que todo lo lleva a su terreno y con él que es imposible dialogar,con lo cual pobre ex si tuviera.
Ah perdón que estamos de acuerdo ...pues no hay discusión.
Recapitulemos ,sino hay acuerdo entre padres el juez decide sobre el domicilio del menor,nadie unilateralmente ,por muy custodia que sea puede, (a no ser, que su sentencia o su convenio lo autorice) cambiar el domicilio del menor. Esto es así ,no es opinión .(se puede o no estar de acuerdo ,pero es así)
El no custodio ante un cambio de domicilio ,puede ,y el juez decidirá pedir el cambio de custodia.(se puede pensar que el custodio lo hace para fastidiar o porque quiere convivir con su hijo y es la única oportunidad que tiene,para conseguir la custodia,eso no lo sabemos;ni podemos generalizar)también se puede no estar de acuerdo ,pero es así.
Las sentencias en uno u otro sentido haberlas hailas.
Si el no custodio se traslada a otro sitio ,puede afectar al menor ,si lo ve menos pero,si el no custodio no cambia las medidas cuando se va ,el custodio puede denunciar cada incumplimiento ..,pero lo que no creo que haga es pedir un cambio y pedir la custodia (ya que ya la tiene),si no está de acuerdo y quiere que el traslado no afecte al menor ,podrá ceder la custodia (Por eso de que se vean más ),pero no creo que se diera el caso ,con lo cual si el no custodio se va ,solo debe pedir un cambio de medidas ,el no custodio o el custodio si está interesado,en regular las visitas.(Lo que no se puede es impedir el cambio de domicilio del no custodio, basándose en el perjuicio del menor ,aunque se podrá intentar,pero vamos que no le veo futuro,más que nada por la libre circulación de las personas ....).
Como Utd ha mencionado que decimos lo mismo ,y yo no lo habia entendido así ,le pido disculpas.
La frase "(Y con esto doy yo por zanjado el tema)" debe tener un significado distinto según en qué provincia se esté. Yo a partir de ahí suelo dejar de leer.
Como alguien no lee lo que escriben los demás -aunque juzga a las primeras de cambio- yo respondía a esta tesis del omnipresente Sr. Viesca:
"si existe sentencia y ambas partes están de acuerdo en modificar algo que regule la sentencia no es correcto variarlo sin tramitarlo a nivel judicial. Si lo hicieran no tendría ese acuerdo valor legal y además estarían ambos infringiendo sentencia judicial."
Vamos, que si dos padres se ponen de acuerdo casi pueden ir a la cárcel por no decírselo al juez.
Por supuesto, entiendo que haya omitido la lectura de esas manifestaciones -yo mismo suelo hacerlo muy frecuentemente- pero son ESAS las que no coinciden con mi opinión.
Si le apetece, puede explicarle al Sr. Viescas la diferencia, que creo que no lo ha captado.
Vthor, me dice Vd: "No sé si se ha percatado de cuánto me importan sus opiniones, y sus repeticiones un tanto obsesivas,..."
Comentarle que sí percibo que me responde y posteriormente otra vez sin yo decirle nada. Gracias por su interés en responderme. Comentarle que mas que pretender dialogar con Vd. pretendo aprovechando sus exposiciones aportar el punto de vista legal sobre algunos aspectos que Vd. no tiene en consideración. Por ejemplo, y aunque sea reiterativo yo y al tiempo Vd:
Si existe sentencia judicial regulando aspectos de guarda custodia y alimentos, visitas, patria potestad, etc. los progenitores no pueden variar esa sentencia mediante un acuerdo privado. Una sentencia sólo puede ser variada por otra sentencia (nunca por un acuerdo de las partes) ya que incurrirían en incumplimiento de sentencia y posiblemente en desobediencia judicial (otra cuestión es que Vd. se lo crea o no, le de importancia o no, etc)
Reitero que no busco conversación con Vd. en este foro, pero aprovecho sus intervenciones dando a entender que sus afirmaciones son legales para dar la versión legal (que contradice sus "apaños" entre progenitores contradiciendo sentencia judicial)
Está claro que algunos viven en un mundo paralelo, y resalto lo de "para-lelo".
Según la judicializada teoría del aburrimiento, si un juez me dice a mí, teórico no custodio, que tengo derecho de visitas lunes, miércoles y viernes, de dos horas, y fines de semana alternos, pero yo y mi santa ex acordamos que me lo lleve un lunes y lo devuelva el jueves... ¿estoy contraviniendo una sentencia judicial?.... ¿y...?... ¿iré a la cárcel cuántos años por ello?... y mi ex también como cómplice necesario y encubridora, porque claro está que no me va a denunciar por algo que ha acordado conmigo.
Como conspiradores, debería caer sobre nosotros todo el peso de la ley -y del juez si está gordito también-.
Pues nada mister, siga usted creyendo en esos mundos paralelos, y que las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado no tienen nada más que hacer que perseguir a delincuentes como yo.
Vthor, es evidente que Vd. sí vive en un mundo para-lelo...no solo al interpretar que unos ex pueden variar sin mas la sentencia a su antojo además de como interpreta otras cuestiones también cuando Soymujer dijo "-el traslado del no custodio NO afecta ni al menor ni al custodio, ya que aquel NO SE LO LLEVA, y seguirá cumpliendo con lo que le marque la ley en cuanto a visitas, vacaciones...como lo hacía antes de desplazarse."
y Vd. a pesar que Soymujer diga que el no custoio mantiene las visitas y vacaciones, concluya que si el no custodio no visita y etc. Son sus alucinaciones o deficiencias de lectura y entendimiento...las que pueden necesitar solución...o de no haber solución puede necesitar consuelo...
Pues del mismo modo que una pereja decide convivir y tener hijos y luego cambia de opinión y decide cesar en la convivencia puede que una expareja que acuerda variar una sentencia mas tarde ambos, o una de las partes decida acogerse a lo que la sentencia dicta para "mantener una relación judicial" con la otra parte (por ejemplo, no me entregó al menor tal día a tal hora según sentencia, o no me devolvió al menor tal día a tal hora según sentencia) No hay que olvidar que antes de dejar de convivir y pelear sin convivir (y hay infinitas pruebas en este foro)las parejas suelen quererse mucho...
¿No contraviene, según esa 'teoría', la sentencia que un custodio delegue sistemáticamente el cuidado, estancia y, en definitiva, tiempo que tiene asignado para con sus hijos en terceras personas?
¡ops! Pues.. según esa teoría va a ser que sí y aquí, en este foro, tb se dice que en el tiempo que tiene cada uno puede delegar en quien le plazca.
Por esa regla de tres.. ¿le pueden placer a las dos partes, padre y madre, acordar, siempre por el interés del menor, que X día lo pasará con uno u otro independientemente de dicha resolución? Ops, va a ser que sí.
Pero, nada, que hay quien quiere judicializarlo todo. Po' mu bien. Yo como hobbie tengo otros menesteres.
EL PROGENITOR CUSTODIO NO PUEDE DECIDIR UNILATERALMENTE EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LOS HIJOS
TRIBUNAL SUPREMO, SALA 1.ª
Tema: PATRIA POTESTAD
Fecha: 26 de octubre de 2012
Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana
Resumen:
La atribución de la custodia no autoriza a que el progenitor custodio decida unilateralmente el lugar de residencia de los hijos, ya que se trata de una cuestión que afecta a la patria potestad y por tanto debe resolverse de común acuerdo o en su defecto acudir al juzgado.
Hola, soy ecuatoriano, llevo 10 años en España, estuve casado con una chica española de origen brasileño y fruto de mi matrimonio tuvimos un hijo.
Resulta que nos divorciamos en 2005 firmamos un convenio regulador sobre la pensión y las visitas.
La pensión de alimentos me embargaban la nomina todos los meses, pero resulta que estoy sin trabajo y sin papeles ya que me han denegado la renovación del permiso de residencia y trabajo. Y las visitas se realizaban mediante el PEF (Punto de Encuentro Familiar)
Lo que pasa es que ante esta situación, mi ex mujer pidió la PATRIA POTESTAD de mi hijo alegando que en España no tiene trabajo ni familia que le puede echar una mano con el niño, y que quiere regresar a su país de origen (Brasil) ya que allí la situación económica está bien y tiene trabajo y familia.
¿Qué posibilidades tengo?
Estoy sin trabajo, sin papeles con lo cual lo tengo mas crudo para conseguir trabajo.
Hola buenas tardes tenía una duda. Verán mi pareja tiene custodia compartida con los hijos, pero en el momento de la sentencia sw estableció que por motivos de que el por aquel entonces estaba sin trabajo ni casa le dieron a ella la convivencia de los niños hasta que el encontrase trabajo y viviese en el mismo lugar. El convive conmigo en otra localidad y está persona nunca le ha comunicado nada de los hijos, cambio de colegio al niño sin consulta alguna, nunca comunica nada.. en fin la cuestión es que ahora cambio de domicilio sin consentimiento alguno, ahora después de estar viviendo seguramente algún tiempo en otro sitio no estipulado en sentencia manda un burofax como que cambio de lugar empadronado a los niños sin tampoco consentimiento de mi pareja. Quiere que las recogidas sean en el nuevo domicilio pero se le ha comunicado que ha infringido el régimen establecido y que se recogerán en donde la ley estipula en sentencia hasta que un juez lo cambié. Esta persona se niega diciendo que su nueva dirección es otra, pudiendo dejar a los niños mientras se soluciona todo esto en casa de los abuelos que es donde vivían. Mi pregunta es, si está peewona no presenta a los niños donde se tienen que recoger que debemos hacer, poner una denuncia e irnos a casa sin los niños? Gracias