En principio deberían intentar que el banco aceptara la "Dación en pago" del piso nuevo, sin más condiciones.
Respecto a tus dudas: todo heredero puede renunciar a la herencia. Se heredan los bienes y las deudas; en este caso la herencia sería el piso, otros bienes y un préstamo con garantía hipotecaria, por lo que aunque el piso se done a tu hermano o se diga en testamento que es para él, no afectaría a la posible deuda hipotecaria, que pasaría a todos los herederos, aunque ésta estuviese garantizada por dicho inmueble.
Espero que me puedan aconsejar. Les cuento un poco el tema...
Mi hermano junto a mi madre compraton un piso y pusieron el piso de toda la vida de mi madre como aval.
Por causas económicas dejaron de pagar la hipoteca, y ahora el banco les ha propuesto que se quedarán (el banco) el piso nuevo, y para poder conservar el de mi madre que había de aval, una hipoteca de 90000 e a 30 años.
El caso es que mi madre ya es mayor, así que ahora me preocupo yo por mi misma. El día que falte mi madre, la mitad del piso que tendrá hipoteca aún pasará a mi. Y no lo quiero para nada.
Se puede renunciar a mi mitad de herencia?
Se podría hacer un cambio de nombre ya en vida, del piso de aval (para que sea todo de mi hermano (no es una "estafa"al banco porque el piso seguiría siendo de uno de los deudores del banco) de tal manera que el día que falte mi madre a mi no me "salpique" nada de lo que deben?
O mi madre puede hacer un testamento que su piso pase única y exclusivamente a mi hermano, así yo no tendré nunca relación con ese piso?
Es que no se si en Cataluña, si o si parte de la propiedad de mi madre pasaría a mi aunque hubiera testamento.